La impugnación contra la proclamación de Yanibel Ábrego como diputada electa por el circuito 8-2 (Capira) fue rechazada de plano por inadmisible.
Así consta en el edicto No. 311, que fue publicado este jueves 30 de mayo por la Secretaría General del Tribunal Electoral.
Además, el edicto indica que se le solicitó al Juzgado Tercero Electoral ordenar la entrega de la fianza de 25 mil dólares a Ábrego.
Esta decisión fue tomada por los magistrados Alfredo Juncá y Heriberto Araúz y Yara Ivette Campos, suplente del magistrado Eduardo Valdés Escoffery.
Ver esta publicación en Instagram Agradezco a Dios, a mi familia y a mi gente de Capira el respaldo recibido. Hoy se hace justicia a la decisión democrática de mi pueblo. TE confirma el justo rechazo de la impugnación presentada en mi contra luego de la voluntad popular expresada el pasado 5 de mayo.Una publicación compartida de Yanibel Abrego (@yanibelabrego) el 30 May, 2019 a las 11:10 PDT
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Agradezco a Dios, a mi familia y a mi gente de Capira el respaldo recibido. Hoy se hace justicia a la decisión democrática de mi pueblo. TE confirma el justo rechazo de la impugnación presentada en mi contra luego de la voluntad popular expresada el pasado 5 de mayo.
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Ábrego fue impugnada por el candidato a diputado por libre postulación Eduardo Vásquez, quien adujo que Ábrego basó su campaña en clientelismo.
El artículo No. 422 del Código Electoral explica que para que la demanda de nulidad de elección o de proclamación pueda ser admitida es indispensable que se cumplan requisitos, entre ellos, consignar la fianza, que para diputados es de 25 mil dólares.
Además, se deben describir los hechos que configuran cada una de las causales por separado y acompañar o aducir pruebas pertinentes.