‘Vigencia inmediata de la Sala Quinta’

‘Vigencia inmediata de la Sala Quinta’


La Sala Quinta de Instituciones de Garantías está en firme.

Así lo reiteró ayer el pleno de la Corte Suprema (CSJ), al rechazar una “aclaración de sentencia” presentada por el abogado Hernán Bonilla.

La decisión de la Corte se fundamentó en que Bonilla no era parte del proceso, ya que nunca demandó la inconstitucionalidad de la Ley 49 de 1999, que derogó la Ley 32 de ese mismo año (la cual creó la Sala Quinta).

El pleno citó el artículo 2568 del Código Judicial, que establece que “el fallo quedará ejecutado tres días después de su notificación, término dentro del cual el agente del Ministerio Público o el demandante podrá pedir la aclaración de puntos oscuros de la parte resolutiva de puntos omitidos”.

Hubo cuatro demandas contra la Ley 49 de 1999, presentadas por Miguel Bush, Jorge Zúñiga, Mario Velásquez Chizmar y Nelson Rojas, actual secretario general en la Procuraduría de la Administración. Ni uno de ellos solicitó “aclaración” del fallo del 25 de enero de 2011, en el que el pleno declaró la inconstitucionalidad de la Ley 49 y, por ende, la “reviviscencia” o recuperación de vigencia de la Ley 32 que creó la Sala Quinta.

Como ni uno de los cuatro demandantes presentó recurso alguno, se consideró que el fallo del 25 de enero está debidamente ejecutoriado, conforme a la ley.

“El pleno de la CSJ dejó muy claro la recuperación de la vigencia inmediata de la Sala Quinta, específicamente en la página 61 de dicho fallo”, remarcó la Corte.

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