‘A mí no me importa si corre Marta o corre Ricardo Martinelli’: Rómulo Roux

‘A mí no me importa si corre Marta o corre Ricardo Martinelli’: Rómulo Roux
Rómulo Roux, candidato presidencial por la alianza entre los partidos Cambio Democrático y Panameñista. Alexander Arosemena

El candidato a presidente de la República por la alianza entre los partidos Cambio Democrático y Panameñista, Rómulo Roux, se refirió este miércoles a la postulación de Marta Linares de Martinelli, como vicepresidenta de la República.

Durante un evento organizado por la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá, Roux subrayó que ese tema lo deben decidir el Tribunal Electoral (TE) y la Corte Suprema de Justicia.

Actualmente, hay un debate sobre si es inconstitucional la postulación de Marta Linares a vicepresidente de la coalición que integran los partidos Realizando Metas y Alianza, ya que en la cabeza de esa nómina está su esposo, el expresidente Ricardo Martinelli Berrocal.

De hecho, la candidata acudió al Tribunal Electoral el pasado lunes a presentar su postulación de forma manual, luego de que fuera rechazada a través de la plataforma tecnológica.

Según Martinelli Berrocal, Roux y el magistrado del TE, Eduardo Valdés Escoffery, son los que impiden que se oficialice la postulación de Marta de Martinelli.

“A mí no me importa si corre Marta o corre Ricardo Martinelli... Nosotros vamos a ganar las elecciones en el 2024″, puntualizó Roux.

El Tribunal Electoral tiene hasta mañana jueves para responder sobre la admisión de la postulación de Linares de Martinelli.

El exmagistrados del TE, Guillermo Márquez Amado, consideró que esa postulación desafía la propia Constitución y el Código Electoral.

Márquez Amado recordó que la normativa indica que no se podrá elegir como vicepresidente a quien tenga un cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el presidente de la República.

Esto sería aplicable a los esposos Martinelli. Además, si el expresidente gana, su esposa no podría formar parte del Consejo de Gabinete, como le corresponde al vicepresidente de la República.

“Eso significa que no pueden ser candidatos las personas que tengan relación de parentesco como padres e hijos, abuelos, tíos. La Corte Suprema de Justicia dijo en 2015 que cuando se menciona una relación de parentesco como esa se entiende que también está comprendida la de cónyuge. Es completamente ilógico que el padre no pueda designar al hijo pero sí a la esposa”, puntualizó.


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