Alto funcionario y contratista; conflicto de interés en las entrañas de la Presidencia de la República

Alto funcionario y contratista; conflicto de interés en las entrañas de la Presidencia de la República
Edificio Stragos, donde está ubicada la sede de la Dirección de Asistencia Social (DAS) en Chitré, Herrera. Cortesía


Alto funcionario y, además, contratista de la Presidencia de la República.

Este es el resumen de un comprobado caso de conflicto de interés que se vive en la Dirección de Asistencia Social (DAS), dependencia del Ministerio de la Presidencia.

Todo empezó en noviembre de 2020 cuando la DAS, entidad que reemplazó al controversial Programa de Ayuda Nacional (PAN), otorgó una serie de contratos a una sociedad, para el alquiler de su oficina en Chitré, Herrera. Se trata de un local en el edificio Stragos, en la avenida Carmelo Spadafora, por el que la DAS acordó pagar $21 mil 975.60 al año, lo que equivale a $1,831.30 por mes.

Sin embargo, la entidad ignoró el hecho de que el dueño del inmueble es un alto funcionario del gobierno de Laurentino Cortizo. Se trata de Eduardo Cerda Quintero, quien para la época en que se firmó el primer contrato se desempeñaba como director del Instituto Panameño de Deportes (Pandeportes) y luego, cuando salió de ese puesto, pasó a formar parte de la planilla del Ministerio de la Presidencia (desde el 3 de mayo de 2021) como director ejecutivo institucional, con un salario mensual de $4 mil y otros $2 mil de gastos de representación; es decir, gana igual que un viceministro. En la práctica, Cerda es el coordinador regional del Centro de Operación Nacional (CON) en Herrera, Los Santos, Coclé y Veraguas.

Alto funcionario y contratista; conflicto de interés en las entrañas de la Presidencia de la República
Eduardo Cerda, exdirector del Instituto Panameño de Deportes (Pandeportes) y actual coordinador regional del CON para Herrera, Los Santos, Coclé y Veraguas. Archivo

Prórroga

Aun así, la DAS, oficina a cargo de Francisco Israel Rodríguez, mantuvo el contrato de alquiler del local en Herrera. El 2021, por ejemplo, ese contrato tenía el estatus de “prorrogable”, es decir, que se podía extender por los años siguientes, como en efecto sucedió.

La Prensa reportó este caso el 8 de junio de 2021, en la noticia titulada DAS alquilará oficinas en áreas donde ya tiene sedes. Aun así, nada pasó por esos días.

Alarmas en la Contraloría

Pero resulta que después de haber refrendado los contratos de 2020 y 2021, las alarmas empezaron a sonar en la Oficina de Control Fiscal de la Contraloría General de la República.

Esta institución ahora advierte que los pagos del alquiler del local correspondientes al periodo entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2022 “no proceden”, porque el propietario del inmueble pasó a ser funcionario del Ministerio de la Presidencia.

Alegan una razón simple y evidente: conflicto de interés, con base en el artículo 309 de la Constitución Política. Esta norma dice que “los servidores públicos no podrán celebrar por sí mismos o por interpuestas personas, contratos con la entidad u organismos en que trabajen cuando éstos sean lucrativos y de carácter ajeno al servicio que prestan”.

La opinión de la Procuraduría de la Administración

Pese a la advertencia de Contraloría, el director de la DAS insiste en favorecer a Cerda y pide que se le pague el alquiler de 2022.

Para eso, el director Rodríguez recurrió a la Procuraduría de la Administración. En una nota enviada al procurador Rigoberto González, el director de la DAS afirma que, por las condiciones particulares que rigen al DAS, considera que no hay conflicto de intereses ni incompatibilidad y a la vez le pide consejo jurídico sobre el alcance del conflicto de interés, para poder rebatir la posición adoptada por la Contraloría.

Adjuntos

Lo que sustenta el procurador Rigoberto G..pdf

En una carta con fecha del pasado 28 de marzo, el procurador González le advirtió al director de la DAS que, en efecto, hay conflicto de interés. Además de sacar a relucir el artículo 309 de la Constitución, cita el Decreto Ejecutivo 246 del 15 de diciembre de 2004, que dicta el Código Uniforme de Ética de Servidores Públicos, y la Ley 22 de 2006, sobre contrataciones públicas. Con distintas redacciones, estas tres normativas coinciden en el mismo punto: que los servidores públicos no podrán celebrar, por sí o por interpuestas personas, contratos con la entidad u organismo en el que trabajen.

Con respecto a la decisión adoptada por la Contraloría (de no pagar el alquiler de 2022), el procurador recuerda que es función de esta entidad fiscalizar y regular, mediante control previo o posterior, todos los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, a fin de que se realicen con corrección, según lo establecido en la ley. Aquí cita el numeral 2 del artículo 11 de la Ley 32 de 1984, que es la ley orgánica de la Contraloría. Concluye dos cosas: primero, que la Contraloría tiene el deber y la obligación de fiscalizar y regular todo lo relacionado con los actos de manejo de fondos y otros bienes públicos, y segundo, que persona que reciba, recaude, maneje, administre, invierta, custodie, controle, apruebe, autorice o pague fondos o bienes públicos, está en la obligación de rendir cuentas a la Contraloría.

Habla el director del DAS

Consultado por La Prensa sobre el tema, Francisco Israel Rodríguez insistió en que en este caso no existe un conflicto de interés. Manifestó que la firma del contrato se celebró antes que Cerda entrara a laborar en el Palacio de Las Garzas.

“La DAS no había recibido advertencia de algún posible conflicto de intereses por el hecho de que el señor Eduardo Cerda Quintero había pasado a ser funcionario del Ministerio de la Presidencia, ni detectamos esta situación, toda vez que aun cuando fue nombrado en el Ministerio de la Presidencia, la DAS ostenta un tratamiento jurídico especial”, añadió el funcionario vía correo electrónico.

Rodríguez se refiere al Decreto Ejecutivo 775 del 12 de noviembre de 2015, que creó la DAS, disposición modificada por el Decreto Ejecutivo 608 del 2 de octubre de 2020, que en su artículo 2 dispone que para cumplir con sus objetivos institucionales, la entidad contará con capacidad presupuestaria y operativa propias.

Rodríguez también añadió que elevaron la consulta a la Procuraduría de la Administración para que les guiara sobre la correcta aplicación de la norma; no obstante, no hizo referencia a la respuesta que le envió el procurador González.

Habla Cerda

Eduardo Cerda afirmó a La Prensa que el negocio de los bienes raíces ha estado en su familia desde 1971 y a eso se ha dedicado en su vida profesional privada.

Sostuvo que no existe un conflicto de interés en el tema, ya que tiene refrendo de la Contraloría. Sin embargo, aquí no mencionó la negativa de esta entidad a confirmar los pagos de 2022, precisamente por conflicto de interés.

“Yo no soy ministro ni nada, es lo que yo entiendo… Inclusive el contrato que tengo está refrendado por Contraloría. Después que se hagan los trámites y uno entregue todo junto a la razón de los contratos, pues uno considera que todo está en regla. También en otros gobiernos hemos alquilado, en muchas administraciones diferentes”, explicó.

Cerda contó que anteriormente, la DAS estaba ubicada en un local que era de “una gente” allegada a su empresa privada, y luego la entidad se mudó al local actual. “Nosotros nos dedicamos a esto. En mi vida privada comercial nos dedicamos a alquilar locales”, manifestó.

Ley de conflicto de interés

Las palabras de Cerda surgen a solo dos meses de que entrara en vigencia la Ley 316 del 18 de agosto de 2022, sobre conflicto de interés en la administración pública. Con la nueva norma, los funcionarios de alta jerarquía están obligados a declarar sus actividades remuneradas o no, de tipo profesional, laboral, económica, gremial, personal o de beneficencia. También deben precisar si reciben beneficios de concesiones estatales o contrataciones públicas, o si es proveedor del Gobierno.


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