La Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional aprobó este jueves, 11 de febrero, en primer debate el proyecto ley 542, que establece medidas temporales para preservar el empleo, normalizar las relaciones de trabajo y prorroga la suspensión de contratos debido a la pandemia.
El documento establece medidas temporales y la mayor parte de sus disposiciones regirán hasta el 31 de diciembre de 2021.
Recientemente, la ministra de Trabajo, Doris Zapata, explicó que con este proyecto se rescatan “algunos elementos oportunos ya extintos en la Ley 157 de 2020, como la regulación de la terminación de la relación de trabajo por mutuo acuerdo y la cancelación del total de las prestaciones a las que tiene derecho el trabajador cuando la terminación de la relación laboral ocurra dentro de los tres meses siguientes al reintegro después de la suspensión”.
El proyecto también establece como retorno priorizado, en el primer mes de reintegro, a todos los trabajadores que tengan fuero sindical, de maternidad y personas con discapacidad. Igualmente se da preferencia, para el reintegro gradual, a los trabajadores que tengan más tiempo de estar suspendidos.
Se crea, además, el Registro Nacional de Desempleo en el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.
Durante la discusión en primer debate, los diputados incluyeron un artículo nuevo sobre los despidos injustificados. “Se considerará como despido verbal injustificado la acción u omisión del empleador que impida el reintegro del trabajador a su puesto de trabajo, una vez termine la suspensión del contrato”, seña el artículo.