La Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional aprobó en primer debate el proyecto de ley 998, para que el derecho a réplica se extienda a las cuentas de redes sociales, internet y publicaciones digitales de los medios de comunicación.
El documento, que modifica Ley 22 de 29 de junio de 2005, contó con el apoyo unánime de los diputados que conforman la comisión, organismo que preside el diputado perredista Leandro Ávila.
— HD Mayin Correa (@CorreaMayin) October 25, 2023
La propuesta se aprobó con dos modificaciones: la que busca que el derecho a réplica se extienda a las cuentas de los medios de comunicación en internet y redes sociales, y otra que pretende que se multe a las concesionarias telefónicas que no guarden los datos personales de los ciudadanos que compren chips para celulares.
Además de Ávila, en la sesión estuvieron presentes la diputada Corina Cano (Molirena), Eugenio Bernal (Partido Revolucionario Democrático), Edison Broce (independiente) y Mayín Correa (Cambio Democrático), la proponente.
Lo que se planteaba
En un principio, la iniciativa impulsada por Correa proponía que se extendiera el derecho a réplica a las cuentas de redes sociales de las personas naturales y jurídicas y de los medios digitales.
Pero varios diputados se opusieron al tema.
Broce tildó de “impráctico” darle a cualquier persona que le moleste algo en redes sociales un plazo de 48 horas para presentar un derecho a réplica.
Expuso que a él se le señala de “fascista” en las redes sociales, pero entiende que pedirle derecho a réplica a las más de 200 personas que no comparten su opinión, no es viable. Por ello, sugirió que la propuesta solo alcance a las cuentas que se identifiquen como medios de comunicación.
“Por cada asunto que no le guste a un político, va a pedir un derecho a réplica. No sé hasta qué punto puede afectar esto a la libertad de expresión. Soy una persona a favor de la libertad de expresión y estoy en contra de cualquier tipo de censura, especialmente en las redes sociales. Censurar no nos lleva a nada”, argumentó.
Después de un debate, entonces acordaron incluir lo siguiente en el artículo 2 de la norma: “el derecho a réplica se extiende a las cuentas digitales de los medios de comunicación o aquellas identificadas como medio digitales, esto no aplica para cuentas digitales de personas naturales”.
Además, adicionaron una nueva disposición que establece lo siguiente “las concesionarias de las telefonías celulares estarán obligadas a tener una base de datos con todos los usuarios que usen la telefonía celular, tendrán que tener información del dueño del chip de celular, su cédula de identificación popular, su dirección residencial, esta medida será aplicada en un tiempo máximo de 90 días a partir de la promulgación de la ley. Los extranjeros para la compra de chip de telefonía celular deberán dejar consignada copia de su pasaporte personal. El incumplimiento de esta medida ocasiona multa a la concesionaria de telefonía celular de $10 mil a $50 mil que se aplicará de manera progresiva cada vez que incumpla”.
La diputada Correa opinó que las redes sociales se están utilizando “para calumniar y mentir”, por lo que insiste que se hace necesario que la réplica se aplique a las redes sociales.
La Comisión de Gobierno aprobó en 1er debate, el Proyecto de Ley 998, mediante el cual se adiciona un párrafo y un parágrafo al art. 2 de la Ley 22 de 29 de junio de 2005 (sobre derecho a réplica)
— Asamblea Nacional (@asambleapa) October 25, 2023
El diputado Leandro Ávila se refirió a un art. que fue incluido sobre los chip. pic.twitter.com/05H9gcFXUx
Así quedó el artículo 2
Al final, el artículo leído con las modificaciones quedó así: “toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de cualquier medio de comunicación que se dirija al público, tiene el derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su réplica, rectificación o respuesta en las condiciones que establece la presente ley”.
Añade que “la réplica, rectificación o respuesta deberá tener el mismo espacio que la noticia que lo agravia y podrá ser razonablemente mayor conforme a la circunstancias especiales de cada caso , según la disponibilidad del medio. Los medios de comunicación tendrán que reservar un espacio o sección permanente para la publicación o difusión de la réplica, rectificación, respuesta, aclaración y comentario de los lectores o cualquier persona afectada por la noticia”.
Dice además que “la publicación o difusión de la réplica, rectificación o respuesta, deberá efectuarse dentro de las 48 horas siguientes a su recibo, por medio del medio de comunicación a través del cual se haya difundido la información o referencia que se cuestiona. Se concede un término adicional de 24 horas adicionales, cuando el medio compruebe que le fue imposible cumplir con el término inicial por causa ajena a su voluntad. La publicación parcial o defectuosa dará lugar a que el agravio recurra ante los tribunales por violación a este derecho”.
Con respecto a estas últimas modificaciones, el diputado Ávila indicó que eso ya está en la ley actual y lo que se busca es que se sepa quiénes son los que usan los chip para extorsionar.