El pleno de la Asamblea Nacional aprobó este jueves en tercer debate el proyecto de ley 808, que crea un fideicomiso para la rebaja y estabilización del incremento de los precios del combustible.
La iniciativa fue aprobada por 43 votos a favor y ahora resta la sanción o veto por parte del presidente de la República, Laurentino Cortizo.
El proyecto establece que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) debe crear un fideicomiso en el Banco Nacional de Panamá para la compensación, rebaja y estabilización de los productos derivados del petróleo. Hasta ahora se ha precisado de dónde saldrán los fondos para alimentar el fideicomiso.
Además, se establece que la Secretaría Nacional de Energía debe monitorear periódicamente los precios de los derivados del petróleo.
CRIPTOACTIVOS
Por otro lado, con 38 votos a favor y dos abstenciones también se aprobó en tercer debate este jueves el proyecto de ley 697, que regula la comercialización y el uso de los criptoactivos, conocida como Ley Cripto.
Con esta nueva norma se regularía, de ser sancionada por el presidente Cortizo, la emisión de valor digital, la tokenización de los metales preciosos y otros bienes.
En el artículo 4 del proyecto 697 se detalla que la Autoridad de Innovación Gubernamental incluirá en la Agenda Digital de la República de Panamá la digitalización de la identidad de las personas naturales y jurídicas, utilizando tecnología de libro de mayor distribuido (distributed ledger) o blockchain, incluyendo a personas no domiciliadas en el país que deseen hacer uso de esos servicios.
En tanto, en el artículo 8, se plantea que las personas naturales localizadas en Panamá podrán libremente pactar el uso de criptoactivos, incluyendo sin limitación los Bitcoin y Ethereum, como medio de pago para cualquier operación civil o comercial no prohibida por el ordenamiento jurídico.
Otro punto relevante de esta norma está en su artículo 9, que permite la posibilidad de pago de impuestos, tasas y otras obligaciones tributarias con criptoactivos.
La norma plantea que “los órganos y entes de la República de Panamá podrán recibir pagos, de forma directa o a través de procesadores o agentes de pago contratados al efecto, por concepto de impuestos, tasas y otras obligaciones tributarias en criptoactivos, incluyendo sin limitación las Bitcoin y Ethereum, según un Reglamento de uso de Criptoactivos para el Pago de Tributos que emita la Dirección General de Impuestos del Ministerio de Economía y Finanzas, en coordinación con la Autoridad de Innovación Gubernamental”.