Concluye capacitación a activistas para revocatoria de mandato a Fábrega; empiezan a recoger firmas desde mañana 20 de abril

Concluye capacitación a activistas para revocatoria de mandato a Fábrega; empiezan a recoger firmas desde mañana 20 de abril
Dirección de Organización Electoral. Cortesía


El Tribunal Electoral (TE) terminó este martes, 19 de abril, de capacitar a un grupo de activistas para el proceso de recolección de las firmas que respalden la solicitud de revocatoria de mandato del alcalde del distrito de Panamá, José Luis Fábrega.

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La capacitación, que fue presencial y virtual en la sede del TE, duró dos semanas.

A partir de mañana miércoles, 20 de abril, los activistas están habilitados de manera oficial para recoger 198 mil 920 firmas, en un periodo de 120 días, explicó la institución.

Esa cantidad de firmas representa el 30% del Padrón Electoral del distrito de Panamá.

Durante la capacitación, funcionarios de la Dirección Nacional de Organización Electoral explicaron a los activistas el uso de las herramientas con que cuenta el TE para el proceso de recolección de firmas, las cuales son: oficinas regionales del distrito de Panamá, plataforma Tribunal Contigo www.tribunalcontigo.com, los 40 quioscos multiservicio ubicados en distintos puntos del país o a través de dispositivos móviles que tienen la aplicación con validación biométrica facial.

El TE indicó que el activista que utilice la aplicación en sus celulares tendrá las siguientes responsabilidades: hacer buen uso de la herramienta tecnológica para el registro de las firmas de respaldo de la iniciativa popular, guardar confidencialidad de la información que obtiene de los ciudadanos que respalden la iniciativa, no permitir que terceras personas utilicen la herramienta, no proporcionar su clave de acceso a terceras personas, firmar y cumplir el acuerdo apegados a las instrucciones descritas en el manual de la aplicación.

Además, advirtió que hay lugares donde está prohibido recoger las firmas de respaldo. Estos son: oficinas públicas, exceptuando las del Tribunal Electoral; hospitales, asilos, centros educativos y de cultos religiosos, bares y discotecas, y en todo inmueble de propiedad particular sin la previa autorización de sus propietarios, administradores u ocupantes.


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