El presidente Laurentino Cortizo sancionó este viernes, 1 de abril, el proyecto de Ley 756 que modifica la Ley 4 de 2006, que reorganiza la Universidad Autónoma de Chiriquí (Unachi) y vetó el proyecto que regula los patronatos.
Las reformas a la ley de la Unachi establecen que su rector será elegido por un periodo de cinco años y podrá ser reelegido por dos periodos consecutivos.
También indica que los decanos, vicedecanos, directores y subdirectores regionales serán elegidos para un periodo de cinco años, de acuerdo con el procedimiento que rige la elección del rector, mientras que el personal administrativo con dos años o más de servicios continuo tendrá derecho a su permanencia, mediante reglamento que apruebe el Consejo Administrativo y el Consejo General Universitario y condicionada a la existencia de la posición dentro de la estructura y a la partida presupuestaria.
De esta forma, el Ejecutivo da vía legal a las aspiraciones de la actual rectora, Etelvina de Bonagas, de buscar la reelección por tercera vez.
Estudiantes de la Unachi han llevado a cabo varias manifestaciones y cierres en la vía Interamericana para exigir respeto a la autonomía universitaria.
En tanto, Cortizo devolvió a la Asamblea Nacional el proyecto 550 que cambia la estructura de los patronatos de salud del país.
“Al proceder al análisis de las observaciones presentadas por parte del Ministerio de Salud, Ministerio de Economía y Finanzas, la Caja de Seguro Social, los Patronatos de Hospital Santo Tomas, Hospital Materno Infantil José Domingo de Obaldía, Hospital del Niño y el Consejo de Gestión del Hospital Luis “Chicho” Fábrega, he encontrado razones que permiten objetar parcialmente, por inconvenientes, artículos 1, 9 y 10″, sostuvo Cortizo en su escrito.
De acuerdo a las consideraciones preliminares del veto presidencial, la “libertad de asociación o el derecho de asociación es una garantía fundamental en nuestro ordenamiento constitucional y tal libertad, que constituye una pieza esencial del estado de derecho, representa además un derecho humano de primera generación; es una prolongación de las libertades de pensamiento, expresión y reunión y, también, una antesala de los derechos de participación”.
Menciona el documento que entre las “razones de inconveniencia” que, en el caso del artículo 1 “resulta preocupante la indeterminación sobre qué patronatos, consejos de gestión pública, comisiones o programas regirá esta normativa, sobre todo, porque la misma no solo se refiere a los que se creen en el futuro, a partir de su entrada en vigencia de la norma, sino que, además, incluye a los ya existentes, lo que da pie a la existencia de roces con el principio de la seguridad jurídica, frente a la presencia en nuestro ordenamiento positivo de leyes especiales que ya regulan la creación y funcionamiento de patronatos existentes en nuestro medio desde hace décadas”.
Se objeta también el artículo 9 del proyecto de ley que atañe a la representación legal de las entidades administradoras por lo que el presidente Cortizo sugiere una modificación en su redacción que contemple de forma taxativa en quién debe recaer la facultad de representación legal de la entidad.