El Acuerdo 11-1 emitido por el Tribunal Electoral (TE) el pasado 4 de marzo, en el que se inhabilitó a Ricardo Martinelli para competir en las elecciones del próximo 5 de mayo, ordena la remoción de toda propaganda electoral en la que el exgobernante aparezca como candidato a la Presidencia de la República y a diputado por el circuito 8-4.
A la vez, pide informar de esta decisión a la Dirección Nacional de Organización Electoral, a todas las agencias de publicidad registradas en el TE y a los medios de difusión nacional identificados en el artículo 260 del Código Electoral.
Es decir, los medios de comunicación tradicionales y digitales, los proveedores de propaganda electoral fija, móvil y a través de artículos promocionales, así como las cuentas y contenidos en redes sociales patrocinados o pagados directa o indirectamente, por candidatos o partidos políticos. La ley electoral también incluye a “otros que puedan utilizarse para la promoción de un aspirante, de un precandidato, candidato o partido político”.
Pero, ¿cuándo se removerá la propaganda?
En el TE informaron a La Prensa que el Acuerdo 11-1 que ordena la inhabilitación de Martinelli está pendiente de reconsideración, término que de acuerdo a la institución vence este viernes 8 de marzo. A partir de ese momento, la inhabilitación empezaría a surgir sus efectos, incluyendo la remoción de la propaganda que promueva su candidatura.
El pasado 5 de marzo, el magistrado del TE, Luis Guerra, reiteró que toda propaganda relacionada con la candidatura de Martinelli debe ser retirada de las calles, pero añadió que el exmandatario mantiene el derecho a su imagen personal.
“Ese es su derecho a imagen, nosotros no podemos impedir que él salga a pedir un voto. No puede correr a un cargo, pero hay derechos que no le pueden ser conculcados a ningún ser humano, por muy detenido, por mucha orden de detención (..,)”, sustentó.
Una embajada como cuartel político
Martinelli está “asilado” en la embajada de Nicaragua desde el pasado 7 de febrero, cinco días después de que la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitiera un recurso contra la sentencia que lo condenó a 128 meses de prisión por blanqueo de capitales en el caso New Business.
El pasado 27 de febrero, la Cancillería panameña hizo un llamado de “atención” al Ministerio de Relaciones de Nicaragua por permitir “las reiteradas declaraciones y otras acciones” del expresidente. Violando las convenciones internacionales, el expresidente hace campaña desde la sede diplomática en el barrio La Alhameda, rumbo a las elecciones generales del 5 de mayo de 2024.
Allí recibe a los candidatos que integran la oferta electoral de su partido Realizando Metas (RM) y pide el voto para José Raúl Mulino, quien fue postulado por RM y Alianza como su candidato a vicepresidente. Con la inhabilitación de Martinelli, el TE ordenó que sea Mulino el que figure en la papeleta presidencial, como candidato de RM y Alianza.
Martinelli fue inhabilitado luego de que el TE fuera notificado de la condena de 128 meses de prisión por blanqueo de capitales que pesa contra el exgobernante por el caso New Business. El artículo 180 de la Constitución prohíbe que una persona condenada a 5 años de prisión o más sea elegida presidente o vicepresidente de la República.
La candidatura en el 8-4 será asumida ahora por su abogado Alejandro Pérez, quien era su suplente.