Alcaldes, vicealcaldes, representantes de corregimiento y sus suplentes podrán ejercer funciones en sus comunas y juntas comunales y, a la vez, trabajar en otras entidades del Estado y cobrar por eso.
Así está contemplado en un anteproyecto de ley que reposa en la Comisión de Asuntos Municipales de la Asamblea Nacional, iniciativa que le hace frente al fallo de la Corte Suprema de Justicia, que en marzo pasado declaró inconstitucional las licencias con sueldo en el gobierno.
La propuesta legislativa dice que podrán seguir ejerciendo el cargo público que desempeñaban antes de ser electos, siempre y cuando no sea en jornadas simultáneas de trabajo.
Además, tendrán potestad de solicitar licencias sin sueldo y no podrán ser destituidos en el periodo en el que ejerzan sus funciones como alcaldes o representantes.
Antes de que la Corte emitiera el fallo contra las licencias con sueldo, la Contraloría General de la República informó que 172 representantes de corregimiento (de un total de 679) y 30 alcaldes (de un total de 81) se habían acogido a este beneficio.
Promueven ley para revivir el doble salario en el Estado
Una propuesta que se encuentra en la Asamblea Nacional busca revivir el cuestionado privilegio del doble salario para los alcaldes y representantes de corregimiento.
Esto, pese a que en marzo de este año la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional la figura de las licencias con sueldo, porque representa un fuero o un privilegio.
La iniciativa
Sin embargo, los diputados perredistas Daniel Ramos y Javier Sucre no lo consideran así y presentaron el anteproyecto de ley 99 ante la Comisión de Asuntos Municipales –que preside Sucre–, la cual fue acogida el pasado martes.
El documento revive la figura del doble puesto para las autoridades locales, con una modificación a la Ley 37 de 2009, que descentraliza la gestión pública en el país.
Para ello, redactaron artículos que establecen que todo representante de corregimiento, su suplente, el alcalde y vicealcalde, podrá “seguir ejerciendo el cargo público que desempeñaban antes de ser electo, siempre que no sea en jornadas simultáneas de trabajo”.
Mientras que otro artículo dice que “la institución gubernamental donde laboraba antes de ser electo le adecuará la jornada laboral para que pueda cumplir con sus nuevas funciones”.
Los motivos
Los diputados proponentes saben que están desafiando la decisión de la CSJ. Incluso, en la exposición de motivos del anteproyecto, citan el fallo que declaró inconstitucional la frase “con sueldo”, contenida en los artículos 72 y 83 de la Ley 37 de 29 de junio de 2009 (descentralización), y añaden que se hace necesaria “una ley que permita a los servidores públicos de los gobiernos locales [alcaldes, vicealcaldes, representantes de corregimientos y suplentes] que también puedan ejercer su función en los cargos institucionales en los que estaban nombrados antes de ser electos, siempre y cuando se cumpla con lo establecido en la Constitución Política”.
Con eso, exponen, se “dará respuestas a más de 300 autoridades que están en estas condiciones”.
Antes de que la Corte emitiera el citado fallo, la Contraloría General de la República dio a conocer que 172 representantes de corregimiento (de un total de 679 que hay en el país) y 30 alcaldes (de un total de 81) tenían licencias con sueldo en entidades del gobierno.
Los diputados también citan el artículo 302 de la Constitución, inherente a los deberes y derechos de los servidores públicos, que entre otras cosas “los obliga a desempeñar personalmente sus funciones, a las que dedicarán el máximo de sus capacidades y percibirán por las mismas una remuneración justa”.
Además, el artículo 303, que señala que “los servidores públicos no podrán percibir dos o más sueldos pagados por el Estado, salvo los casos especiales que determine la Ley, ni desempeñar puestos con jornadas simultáneas de trabajo”.
Este último artículo, según la exposición de motivos, “prevé que el Legislador podrá determinar los casos especiales a través de una Ley, como las regulaciones ya existentes que permiten percibir dos ingresos con la salvedad que no puedan ser en jornadas simultáneas (...)”.
Asimismo, los diputados plantean en la exposición de motivos que “el Estado debe crear las condiciones básicas necesarias para no causar desmejoras salariales y que estos puedan brindar sus experiencias y conocimientos a sus habitantes dando así valor agregado a sus corregimientos y distrito”.
Así las cosas, la propuesta legislativa modificaría el artículo 72 de la Ley 37 de 2009, eliminando la frase “licencias con sueldo”. Y proponen lo siguiente: “podrán solicitar licencia sin sueldo y no podrán ser destituidos durante el periodo en el cual ejerzan las funciones en el cargo de representantes de corregimiento”.
Igualmente, disponen que de laborar en la empresa privada gozarán de licencia y que el tiempo de licencia para el cual fueron electos les será reconocido para vacaciones, jubilación, sobresueldos u otros beneficios.
La propuesta de ley, que consta de cinco artículos, también indica que “en los casos en que la institución gubernamental no pueda adecuar la jornada laboral, el representante de corregimiento, y su suplente, alcalde o vicealcalde, deberá prestar funciones o ser trasladado por el periodo de duración en el cargo a una filial, agencia, regional u otra institución cercana al corregimiento donde fue electo, en una jornada laboral que no sean simultáneas”.
Al culminar el término de duración en el cargo, añade el documento, “se reincorporará a su puesto de trabajo sin desmejorar sus condiciones laborales”.
Más cambios
Esta reforma a la Ley 37 de descentralización se suma a las que ya están en el pleno legislativo para segundo y tercer debate (como el proyecto 364) y a la aprobada el pasado martes en primer debate (proyecto 868), que busca que los gobiernos locales usen los fondos que reciben del Impuesto de Inmuebles, para hacer frente a gastos de funcionamiento, administrativos y obras sociales, entre otros.
Esta fue una conquista de los gobiernos locales en 2020, cuando se desató la pandemia. En ese momento, los alcaldes se quejaron ante el presidente Laurentino Cortizo de que no recaudaban lo necesario para hacerle frente a los gastos administrativos y no podían ayudar a sus comunidades.
Por ello, el Ejecutivo y el Legislativo se pusieron de acuerdo para impulsar una ley que permitiera esta prerrogativa.