La Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (Antai), a cargo de Elsa Fernández, enfrenta un duro obstáculo para investigar administrativamente el caso de los auxilios económicos que otorgó el Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos (Ifarhu), a estudiantes allegados a figuras políticas, en su mayoría, del gobernante Partido Revolucionario Democrático (PRD).
En una nota con fecha del martes 6 de diciembre de este año, Bernardo Meneses, director del Ifarhu, le dejó claro a la Antai que no le entregará los expedientes de 13 personas que fueron beneficiadas con jugosos auxilios económicos, porque se trata de “datos personales” y -según él- es información que no puede ser compartida, según la Ley 81 de 26 de marzo de 2019, sobre protección de datos personales.
‘No es viable’
En una nota, Meneses sustenta su decisión en nueve razones basadas en las leyes 81 de 2019, la 6 de 2002, (que dicta normas para la transparencia en la gestión pública) y la 33 de 2013, que creó la Antai. Señala que en la información contenida en la documentación de los expedientes que le solicita la Antai, hay datos personales tanto de los estudiantes como de su núcleo familiar. Por ejemplo, nombre completo, copia de la cédula de identidad personal, montos desembolsados y a desembolsar, dirección residencial, números de cuentas bancarias, dirección de correos electrónicos, calificaciones y datos médicos, entre otros.
Meneses cita la Ley 6 de 2002, que indica que es de carácter confidencial “todo tipo de información en manos de agentes del Estado o de cualquier institución pública que tenga relevancia con respecto a (...) la vida íntima de los particulares, incluyendo sus asuntos familiares (...) su correspondencia y conversaciones telefónicas o aquellas mantenidas por cualquier otro medio audiovisual o electrónico”.
Además, indica que, en la Constitución, la protección de datos personales es considerado “un derecho fundamental del ser humano y su dignidad, mismo que está consagrado en su artículo 29, y desarrollado a través de la normativa vigente”.
Meneses también responde que la Ley 33 de 2013, que es la ley orgánica de la Antai, señala que le corresponde “velar por la debida reserva y protección de los datos e informaciones en poder del Estado, conforme a la Constitución y a la Ley de Transparencia, que tengan carácter de información confidencial, información de acceso restringido y datos personales”.
En ese sentido, deja claro, que “por razones de hecho y derecho, consideramos no viable hacer entrega de copias autenticadas de los 13 expedientes, cuyo tratamiento está limitado para fines de esta administración por sus titulares, no obstante, como conocedores del contenido del artículo 18 de la Ley 81, hacemos de su conocimiento de manera general, el carácter de dato confidencial , personal y sensible que contienen tales expedientes”.
El pasado 16 de noviembre, la Antai solicitó al director del Ifarhu que le suministrara copia autenticada de 13 expedientes de allegados a políticos, entre ellos, el de Diego Ábrego Díaz, hijo del diputado Roberto Ábrego, quien recibió un auxilio económico de $190 mil; el de Kathy Ramos, directora de Género de la Asamblea Nacional ($15 mil); el de Paola Testa, hija de la diputada Zulay Rodríguez ($61 mil); el de Estefanía Guardia ($99,478), exnovia del diputado Juan Diego Vásquez, y el de María Alejandra Panay, hija del secretario general de la Asamblea Nacional, Quibián Panay, y antigua asistente de Meneses.
Reacciones
La respuesta dada por el Ifarhu no es válida, según argumentan algunos abogados.
El exfiscal de Cuentas, Guido Rodríguez, indicó que es “ilegal” no compartir la información con la directora Fernández. ¿Cómo va a poder cumplir la Antai sus funciones si otra entidad estatal le niega el acceso a la información requerida?, se preguntó. También señaló que la respuesta de Meneses merece un recurso de habeas data por parte de la Antai ante el pleno de la Corte Suprema de Justicia.
“La Ley de Protección de Datos es para evitar que datos privados de particulares sean mal utilizados por particulares, pero es absurdo pretender que esa protección alcance a entidades estatales en sus funciones investigativas”, acotó.
En palabras del abogado Ernesto Cedeño, quien presentó en su momento la denuncia ante la Antai, la respuesta está “fuera de orden”, pues “ninguna institución en materia de protección de datos está por encima de la Antai”.
A su juicio, ahora le corresponde a la Antai ir hasta el Ifarhu a hacer la “inspección”.
“Meneses no puede estar alegando que es confidencial y no te la doy, pues estaría fuera de la ley. Es inadmisible que haya una oposición del Ifarhu, lo que da a entender es que está ocultando la información y violando la ley de protección de datos”, dijo Cedeño.
Explicó que la Antai actúa como un tribunal: si pide la información, se le debe dar. Y luego la Antai, si hay confidencialidad, lo debe dejar claro en el expediente, pero la información debe darse.
Este medio consultó a la Antai sobre qué decisión adoptará al respecto, pero se informó que el tema es parte de un expediente que está en investigación, por lo que no hará pronunciamiento alguno.