El pleno de la Corte Suprema de Justicia se declaró en sesión permanente este martes 30 de abril, hasta llegar a una decisión sobre la demanda de inconstitucionalidad contra el acuerdo del pleno del Tribunal Electoral (TE) 11-1 del 4 de marzo de 2024 que inhabilitó a Ricardo Martinelli como candidato presidencial de los partidos políticos Realizando Metas (RM) y Alianza, y designó en su lugar a José Raúl Mulino.
En la sesión participan los nueve magistrados titulares: María Eugenia López (presidenta), Carlos Alberto Vásquez Reyes, Ángela Russo de Cedeño, Cecilio Cedalisse Riquelme, Maribel Cornejo Batista, Olmedo Arrocha Osorio, Miriam Cheng Rosas, María Cristina Cheng Stanziola, y Ariadne García Angulo.
Las magistradas Maribel Cornejo y Ariadne García, quienes la semana pasada estaban de vacaciones, suspendieron ese descanso para estar en la reunión. Ambas tenían contemplado retomar sus laborales el próximo 2 de mayo.
El pleno extraordinario se da a solo cinco días las elecciones generales, comicios que tienen en carrera a ocho candidatos a la presidencia, entre ellos Mulino.
El pasado 23 de abril, el magistrado Olmedo Arrocha, ponente del caso, envió una nota a los magistrados del Tribunal Electoral en la que les preguntó de quién fue la idea de designar a Mulino como candidato presidencial, en reemplazo de Martinelli.
Hasta ahora se desconoce en que se sustenta su proyecto de fallo.
Comunicado del Pleno de la Corte Suprema de Justicia. #Panamá #OJudicialPanama #Justicia pic.twitter.com/Ftp4RsZRxJ
— OJudicialPanamá (@OJudicialPanama) April 30, 2024
El pleno del TE le contestó que designó a Mulino sin consultar a RM y Alianza. Los magistrados sustentaron que el pleno “estaba impedido de hacer gestión alguna” con los partidos que lo postularon, ya que el Código Electoral, en su artículo 362, dispone que a falta de un principal el suplente debe asumir su lugar.
Así opinan los magistrados Eduardo Valdés Escoffery y Luis Guerra. El magistrado presidente Alfredo Juncá, tiene un criterio distinto. Argumenta que la figura del suplente no es aplicable a la del vicepresidente de la República, ya que éste desempeña simultánea y paralelamente funciones junto al presidente de la República. Por tanto, en este caso, no es equiparable a la figura de un suplente que solo actúa en ausencia del principal.
El pedido a la Corte
Exmagistrados de la Corte, juristas y otros actores de la sociedad civil, en los últimos dos días solicitaron a los magistrados del máximo tribunal de justicia que debía emitir un pronunciamiento definitivo sobre la constitucionalidad o no de la candidatura.
El exmagistrado de la CSJ, Adán Arnulfo Arjona, por ejemplo, dijo a este medio que la CSJ tiene una “ineludible” responsabilidad institucional de no hurtarle el cuerpo a su misión orientadora.