Gobiernos locales se aferran al beneficio de las licencias con sueldo; Ejecutivo y Corte decidirán

Gobiernos locales se aferran al beneficio de las licencias con sueldo; Ejecutivo y Corte decidirán
En la Asamblea Nacional los gobiernos locales han impulsado diversas iniciativas relacionadas con sus ingresos. Archivo


Los gobiernos locales no pierden la esperanza de que el Estado retribuya los fondos que les fueron cesados luego de que la Contraloría General de la República, en base a un fallo de la Corte Suprema de Justicia, suspendiera el año pasado los pagos de las licencias con sueldo.

Varias son las estrategias que han utilizado para recuperar dicho beneficio, que incluye hasta maniobras desde la Asamblea Nacional.

Ahora, sus últimas esperanzas están puestas sobre dos acciones: un amparo de garantías constitucionales que 304 ediles presentaron en la Corte Suprema de Justicia en diciembre pasado y el proyecto de ley 890, el cual fue objetado parcialmente por el Ejecutivo, pero que en febrero pasado fue corregido y devuelto al Palacio de Las Garzas, a fin de que -ahora sí- sea sancionado por el presidente Laurentino Cortizo.

La acción de amparo de garantías quedó en el despacho del magistrado Olmedo Arrocha y, según fuentes de la Corte, ya el ponente puso a circular un proyecto de fallo entre sus colegas. Se desconoce si el fallo preparado por Arrocha es a favor o en contra de las pretensiones de los concejales demandantes.

Los ediles presentaron el amparo de garantía en contra de la Circular No.17-2022 del 6 junio del 2022, que emitió la Contraloría, a cargo de Gerardo Solís, en la que se suspendió el pago de las licencias con sueldo a los gobiernos locales.

Los ediles aseguran que la circular emitida por Solís hace retroactivo el fallo de la Corte del 14 marzo 2022, que declaró inconstitucional la frase “licencia con sueldo”, contenida en los artículos 78 y 83 de la Ley 37 de 29 de junio de 2009 (sobre la descentralización en la administración pública).

Solís remitió el 6 de junio de 2022, a todas las entidades del gobierno central, del sector descentralizado, de la Asamblea Nacional y del Órgano Judicial, así como a los alcaldes y representantes de corregimiento, una nota que indicaba que las licencias con sueldo “no serán pagadas a partir del 11 de mayo de 2022″.

En su fallo del 14 de marzo de 2022, de forma unánime, los magistrados de la Corte alegaron que la licencias con sueldo eran un privilegio y que los servidores públicos no podrán percibir dos o más sueldos pagados por el Estado, salvo excepciones legales, “de lo que se colige la prohibición de ejercer, de manera simultánea, dos cargos y percibir por ambos remuneración proveniente del erario público”.

Por el lado del Ejecutivo, Cortizo no ha dado señales de que avalará o rechazará el proyecto 890, aunque le dio luces para corregir la iniciativa impulsada por el diputado Javier Sucre, un defensor de los gobiernos locales y sus beneficios. Su hermana Imelda Sucre actúa como representante de corregimiento de Juan Díaz. Imelda y Javier son hermanos del ministro de Salud, Luis Francisco Sucre.

El proyecto de ley 890 permitirá que aquellos alcaldes y representantes que, al momento de su elección, ya tienen un cargo público, escojan cuál de los dos salarios quieren recibir: el que les corresponde en el gobierno local o el que cobran como servidor en alguna entidad.

Eso permitiría, por ejemplo, que si un funcionario “gana $6 mil como médico, ese sería su sueldo durante cinco años, pero ejerciendo funciones de representante o alcalde”, ilustró el diputado independiente Edison Broce.

Cabe señalar que la propuesta original establecía que los alcaldes y representantes “antes de ser electos, podrán gozar de licencia sin sueldo durante el término para el cual fueron electos y ejerzan el cargo”, razón por la que fue objetada por Cortizo. El presidente señaló que no puede haber “licencia sin sueldo con disfrute del salario”, por lo que consideró que no era viable y la vetó parcialmente.

Ahora, con las modificaciones aprobadas, el proyecto 890 indica que las autoridades locales que “al momento de resultar electas laboran como servidores públicos, se acogerán a una licencia sin sueldo durante el periodo que ejerzan el cargo de elección popular”. Pero si el salario que le corresponda al cargo de representante o alcalde es inferior al que perciben en dicha institución estatal, “podrán acogerse a una licencia con sueldo”, pero antes deben renunciar al sueldo que les corresponde en el gobierno local.

Hay que recordar que, tras reclamos ciudadanos, la Contraloría también eliminó los millonarios gastos de movilización que se asignaban alcaldes y representantes. No obstante, en varios municipios, las autoridades recuperaron parte de estos ingresos usando la figura de los gastos de representación o simplemente aumentos salariales.


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