El director general del Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos (Ifarhu), Bernardo Meneses, negó a La Prensa una solicitud de información sobre becas y auxilios económicos no reembolsables concedidos por la institución por montos que sean mayores a los $50 mil.
En una nota dirigida a Meneses, el pasado 30 de agosto, este medio solicitó tener acceso –basado en la Ley 6 del 22 de enero de 2002, conocida como Ley de Transparencia– al listado de personas –y el monto del beneficio– que recibieron las ayudas según las condiciones descritas en el párrafo anterior.
Tras varias llamadas sin éxito, en un intento por conocer el estado de la solicitud de información enviada por La Prensa al Ifarhu, este medio procedió a contactar directamente a Meneses, quien, no respondió los mensajes ni las llamadas de La Prensa.
En uno de los intentos por contactar a la oficina encargada, respondió un funcionario que se identificó como agente de seguridad de la Dirección General, quien manifestó que la persona a cargo de responder la petición de La Prensa estaba “muy ocupada, y que no respondería llamadas”, que la única opción para estar al tanto del estado del trámite era acudir personalmente a las oficinas de la institución.
Meneses se contradice
En el plazo de 30 días que le otorga la Ley de Transparencia para responder las peticiones de información compleja –en este caso en el último día–, mediante una nota recibida en las oficinas del diario La Prensa, Meneses dio justificaciones confusas y hasta contradictorias de su decisión de negar la información.
“... Los listados de los estudiantes beneficiados en el programa de becas y auxilios económicos educativos se encuentran publicados y a disposición del público en los legajos trimestrales de nuestra institución”, indica la nota que, a su vez, agrega que, “de igual manera, podemos añadir que, de acuerdo con la Ley 6 del 22 de enero del 2002, que indica que para que sea concedida la información adicional, se deberá extender autorización expresa y escrita por parte del prestatario o beneficiario o por orden de autoridad competente”.
Meneses no indica a dónde hay que dirigirse para acceder a esos “legajos trimestrales” que contienen los listados de personas beneficiadas con las becas del Estado. También se negó a entregar la información sobre el monto de la ayuda a los beneficiados con becas o auxilios económicos no reembolsables por encima de los $50 mil.
La nota del director del Ifarhu cita el artículo 1, numeral 7 de la Ley 6 del 22 de enero del 2002, en el que cataloga la solicitud como de acceso restringido: “Todo tipo de información en manos de agentes del Estado o de cualquier institución pública, cuya divulgación, haya sido inscrita únicamente a los funcionarios de carácter confidencial y de acceso restringido”.
Aunque en realidad, al revisar la ley, ese numeral termina así: “cuya divulgación haya sido circunscrita únicamente a los funcionarios que la deben conocer en razón de sus atribuciones, de acuerdo con la ley”.
Pero sus alegaciones citando la Ley de Transparencia no son tan simples como Meneses pretende hacer ver. Para empezar, la información de carácter restringido, según la Ley de Transparencia, debe ser declarada expresamente así por el funcionario competente, en este caso, Meneses, cosa que no ha ocurrido.
El artículo 16 de la citada Ley de Transparencia establece claramente que: “las instituciones del Estado que nieguen el otorgamiento de una información por considerarla de carácter confidencial o de acceso restringido, deberán hacerlo a través de resolución motivada, estableciendo las razones en que fundamentan la negación y que se sustenten en esta Ley”.
En segundo lugar, ninguno de los nueve numerales del artículo 14 de la Ley de Transparencia que son los que deben sustentar la negación de la información por ser de carácter restringido se refiere al tema de la petición de información que le hizo La Prensa al Ifarhu.
El artículo en cuestión lista únicamente nueve justificaciones para declarar de acceso restringido una información para poder negar al peticionario. Esas justificaciones se limitan a temas como la seguridad nacional, los secretos comerciales, los procesos jurisdiccionales del Ministerio Público y el Órgano Judicial, los procesos investigativos de algunas instituciones del Estado, actas y notas del Consejo de Gabinete, etc. Nada sobre becas y auxilios económicos.
Precedente
Una petición en casi iguales términos fue hecha al Ifarhu por La Prensa antes de la presente solicitud. En aquella ocasión, este medio solicitó los nombres de los beneficiados por la institución con auxilios económicos no reembolsables que otorgó el Ifarhu a particulares y funcionarios que cursaron la maestría en Administración de Políticas Públicas de Aden University, cuyo monto total ascendió a más de $300 mil.
Meneses entregó entonces a La Prensa una lista con todos los que recibieron las becas, así como el monto otorgado en cada caso. Por lo que cabe preguntarse ¿por qué ahora Meneses no está dispuesto a entregar información pública que en el pasado reciente no tuvo reparos en entregar?



