La Corte salva la ley que permite a las autoridades locales escoger el mejor salario en el Estado

La Corte salva la ley que permite a las autoridades locales escoger el mejor salario en el Estado
Corte Suprema de Justicia.


La Ley 376 del 31 de marzo de 2023 es aquella que le permite a alcaldes y representantes de corregimiento que laboren para el Estado al momento de ser electos, escoger cuál de los dos salarios quieren recibir: el que les corresponde en el gobierno local o el que ya devengan como funcionarios. Por eso a esta norma se le denominó vulgarmente como “la ley de mejor salario”.

Esa ley fue demanda por inconstitucional en abril pasado, por el abogado Ernesto Cedeño, por considerar que creaba un privilegio a favor de un grupo de la población.

Ahora se ha conocido que el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió la demanda de Cedeño.

Aunque la decisión fue adoptada el 8 de junio pasado, se conoce ahora, cuando fue comunicada mediante el Edicto 879 del viernes 21 de julio.

El fallo, con ponencia de la magistrada María Cristina Chen Stanziola, fue avalado por Miriam Cheng, Maribel Cornejo, Ariadne García, María Eugenia López Arias, Otilda de Valderrama, Carlos Reyes y Cecilio Cedalise. El magistrado Olmedo Arrocha salvó su voto.

Por ahora, se desconoce por qué no se admitió la demanda, pero, según fuentes de la Corte, le achacan un deficiente desarrollo del concepto de la infracción por parte del demandante.

La decisión del pleno de la Corte se da meses después de rechazar un amparo de garantías constitucionales, impulsado por autoridades locales, contra una nota de la Contraloría General de la República, con fecha del 6 de junio del 2022, que suspendió el pago de las licencias con sueldo a alcaldes, vicealcaldes y representantes de corregimiento y sus suplentes.

La Corte basó la suspensión del pago de las licencias con sueldo en el fallo del 14 de marzo de 2022, en el que los magistrados unánimemente alegaron que la licencias con sueldo eran un privilegio y que los servidores públicos no podrán percibir dos o más sueldos pagados por el Estado, salvo excepciones legales, “de lo que se colige la prohibición de ejercer, de manera simultánea, dos cargos y percibir por ambos remuneración proveniente del erario público”.

Que la Corte acogiera la demanda de inconstitucionalidad de Cedeño era la esperanza que guardaban algunos ciudadanos, en medio del rechazo y los cuestionamientos de la norma, que fue sancionada por el presidente de la República, Laurentino Cortizo, el 30 de marzo y que introducía modificaciones a la ley de descentralización en la administración pública.

La demanda de inconstitucionalidad de Cedeño planteaba que los artículos 1 y 2 de la Ley 376 de 2023 violan directamente el artículo 19 de la Constitución, debido a que establece una distinción legal a favor de un solo tipo de ciudadanos: los que pertenecen a los gobiernos locales.

Esta ley fue propuesta por el perredista Javier Sucre con el apoyo de la Asociación de Municipios de Panamá (Amupa).

La Ley 376, permite, por ejemplo, que si un funcionario “gana $6 mil como médico, ese sería su sueldo durante cinco años, pero ejerciendo funciones de representante o alcalde”, ilustró en su momento el diputado independiente Edison Broce, quien votó en contra de esta norma.

Esta no es la primera vez que la Corte rechaza la demanda de una norma altamente cuestionada por la ciudadanía y presentada por Cedeño.

En abril pasado, la Corte tampoco admitió la demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 14, 22, 31 y 46 de la Ley 351 de 22 de diciembre de 2022 (que modifica la ley orgánica de la Contraloría General de la República y que desarrolla la jurisdicción de cuentas), norma que le permite al contralor archivar auditorías e investigaciones, de acuerdo con su criterio, entre otros aspectos.

Habla Cedeño: en la Corte proliferan las no admisiones

Cedeño manifestó que “he venido luchando con la nueva composición de la Corte Suprema de Justicia, para que apliquen el anti formalismo, como dice la Constitución, para las admisiones de las demandas de inconstitucionalidad”.

Asegura que “proliferan las no admisiones, blindando en algunas ocasiones los actos de la administración”.

“La no admisión se da hoy, muchas veces no por el incumplimiento del Código Judicial, sino porque no convence prima facie, al magistrado sustanciador de la inconstitucionalidad que se plantea, por lo que elabora un proyecto y se pliegan sus homólogos firmando. Les he presentado a todos los magistrados, y por escrito, mi inconformidad sobre lo que están haciendo hoy, pidiéndoles que me dijeran cuántos asistentes tienen cada magistrados y de ellos cuántos habían sido abogados de la Procuraduría de la Administración, pero no se me dio la información”, manifestó el abogado, quien a su vez, señaló que la Corte sí le pasó unos cuadros estadísticos que demuestran su punto. Por ejemplo, de un total de 143 demandas de inconstitucionalidad presentadas en 2022, 103 no fueron admitidas.

Dijo que el sistema de justicia está en cuidados intensivos y el gobierno que sea electo en 2024 debería impulsar una reingeniería.


LAS MÁS LEÍDAS