La curul de Dana Castañeda está en la cuerda floja

La curul de Dana Castañeda está en la cuerda floja
Dana Castañeda junto a su abogado Julio Ruiloba. Archivo


Dana Castañeda, actual subsecretaria de la Asamblea Nacional, fue electa como diputada del circuito 2-3 (La Pintada, Natá y Olá) el pasado 5 de mayo, con la bandera de cuatro partidos: Realizando Metas (RM), Partido Revolucionario Democrático (PRD), Movimiento Liberal Republicano Nacionalista y Alianza.

Sin embargo, su llegada a la curul a partir del próximo 1 de julio está condicionada por la justicia electoral. El pleno del Tribunal Electoral (TE) deberá decidir si confirma o no la decisión del Juzgado Segundo Administrativo Electoral, que resolvió inhabilitarla a raíz de que no renunció a su puesto de subsecretaria de la Asamblea en el tiempo que dispone la ley electoral para postularse a un cargo de elección popular.

Después de que el juzgado la inhabilitó, su abogado César Ruiloba apeló la sentencia, por lo que el caso ahora está en manos de los magistrados del TE.

Juan Carlos Araúz, el abogado que demandó a Castañeda, explicó a este medio que si los magistrados confirman la decisión del juzgado, le corresponderá asumir la curul al suplente Maiqely Añino.

“Los magistrados tienen la obligación de dirimir esa situación antes del 1 de julio”, manifestó Araúz a La Prensa. El magistrado a cargo del caso es Alfredo Juncá.

El nombre de Castañeda es uno de los que en los últimos días ha sonado para conformar la nueva directiva de la Asamblea. Sin embargo, la bancada de RM se reunió este jueves 16 de mayo con el expresidente Ricardo Martinelli, dueño de RM, y decidieron que el candidato a presidente será Luis Eduardo Camacho.

Martinelli se atrincheró en la embajada de Nicaragua en Panamá, luego de su condena a más de 10 años de prisión por blanqueo de capitales por el caso New Business.

Castañeda fue diputada en los períodos 2009-2014 y 2014-2019 por el partido Cambio Democrático (CD).

Deberá devolver sus salarios

En el fallo que ordenó inhabilitarla para correr en los comicios del pasado 5 de mayo, se establece que una vez ejecutoriada la sentencia, se deberá remitir el expediente a la Contraloría General de la República para que tramite el reintegro de los salarios que recibió Castañeda desde la fecha en que debía renunciar al cargo hasta el día de las elecciones.

El abogado Juan Carlos Araúz, quien presentó la demanda, argumentó que la subsecretaria general de la Asamblea tendría que haber renunciado a su cargo en la Asamblea cinco días después de haber aceptado la candidatura que le ofrecieron estos cuatro partidos, por la vía directa.

El artículo 33 del Código Electoral señala que no son elegibles a cargos de elección popular aquellos ministros, viceministros, directores, subdirectores, secretarios y subsecretarios, administradores y subadministradores de entidades y empresas públicas, que ejerzan el cargo seis meses antes de los comicios.


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