Una denuncia penal por la presunta comisión de delitos contra la administración pública fue presentada ante la Procuraduría General de la Nación en contra de quienes resulten responsables de eliminar indebidamente una millonaria deuda fiscal que mantenía la empresa FCC Construcción, S.A. con la Dirección General de Ingresos (DGI).
La denuncia, formalizada ante el Ministerio Público el 10 de octubre de 2024 por el abogado Ademir Montenegro Cortés en representación de la DGI, advierte que la decisión del exdirector general de Ingresos, Publio De Gracia, provocó una lesión patrimonial al Estado por $16,318,108.51.

Así se eliminó la deuda y se gestó el acuerdo de pago extraordinario
FCC Construcción, S.A., una empresa extranjera registrada en Panamá desde 2005, dedicada a la construcción de caminos y vías férreas, y vinculada a varios casos de corrupción, acumuló obligaciones tributarias derivadas de diversas resoluciones de la DGI. Entre ellas destacaba la Resolución 201-1961 del 31 de marzo de 2017, que exigía el pago de $16,318,108.51 en concepto de impuesto sobre la renta y complementario correspondiente a los períodos fiscales 2013, 2014 y 2015.
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Además, la empresa mantenía otras resoluciones de mayo de 2017 que sumaban más de $3,892,036.95 en impuestos sobre remesas al exterior.
Sin embargo, el 11 de agosto de 2023, la DGI, bajo la dirección de Publio De Gracia, utilizando la figura del acuerdo de pago extraordinario, emitió la Resolución 201-7728, que revocó la Resolución 201-1961 de 2017 y dejó vigente únicamente el cobro de los $3,892,036.95. Con esta acción, la empresa quedó liberada del pago de $16,318,108.51, lo que según la denuncia representa un perjuicio económico al Estado.
Para revocar la deuda, la DGI aplicó disposiciones sobre moratorias y amnistías tributarias establecidas durante la pandemia de la covid-19.

“Este actuar, contrario al debido proceso, generó una lesión patrimonial al Estado por $16,318,108.51, siendo malversados, con el consentimiento del administrador tributario Publio De Gracia”, dice la acción legal que está en manos del Ministerio Público.
¿FCC no calificaba para el beneficio?
El documento también afirma que FCC Construcción, S.A. no podía acogerse al acuerdo de pago extraordinario, ya que la Ley 337 de 14 de noviembre de 2022 excluye a contribuyentes investigados o condenados por evasión o defraudación fiscal.
No obstante, FCC Construcción tenía una investigación activa desde 2017 por posible defraudación fiscal. De hecho, entre enero de 2021 y julio de 2022, el propio exdirector de la DGI, Publio De Gracia, firmó tres resoluciones en las que delegaba funciones de investigación sobre el caso. No obstante, según la denuncia, en diciembre de 2022 permitió que la empresa accediera al acuerdo de pago, afirmando que no tenía investigaciones en curso. Esto, según la acusación, “en apariencia formal, permitió a esta sociedad aplicar al beneficio”.
Presuntas omisiones e irregularidades en el proceso
También se habrían cometido “inconsistencias” en la tramitación del acuerdo de pago extraordinario. El acta de audiencia del 11 de enero de 2023, donde se formalizó el beneficio para FCC, de acuerdo con la denuncia, no fue firmada por todos los funcionarios de la DGI que supuestamente comparecieron. Además, no se habría realizado la segunda audiencia requerida por la ley para concluir el proceso.
Según la acción legal, estas omisiones no solo afectaron la transparencia del proceso, sino que facilitaron que la empresa quedara exenta de pagar gran parte de su deuda tributaria.
Posibles delitos y sanciones
El documento presentado ante la Procuraduría General de la Nación, que desde el pasado 2 de enero está bajo el mando de Luis Carlos Gómez Rudy, sugiere que la conducta de De Gracia y otros funcionarios podría encuadrarse en delitos como: abuso de autoridad e infracción de los deberes de los servidores públicos, según el Código Penal, malversación de fondos públicos, al permitir que el Estado dejara de percibir una suma millonaria, y omisión dolosa en el cumplimiento de funciones, dado que el exdirector de la DGI tenía conocimiento de la investigación por defraudación fiscal contra FCC Construcción, S.A.
El procurador Gómez Rudy y su equipo, ahora deberán determinar si existen méritos suficientes para abrir un proceso penal contra los implicados y esclarecer cómo se permitió la eliminación de una deuda tributaria millonaria en favor de FCC Construcción, S.A.
El director de la DGI actualmente es Camilo Valdés.
Publio De Gracia se defiende
La Prensa se comunicó con Publio De Gracia, exdirector de la Dirección General de Ingresos, para conocer su versión sobre los hechos denunciados y su participación en el proceso de condonación de la deuda fiscal a favor de FCC Construcción, S.A.
De Gracia respondió que la base del acto administrativo para revocar la resolución que establecía la obligación de pago es la Ley 337 de 2022.
Añadió que esos acuerdos tenían como finalidad alcanzar entendimientos extraordinarios con contribuyentes que, a la fecha, mantuviesen obligaciones apeladas o recurridas, y de esta manera impactar positivamente en la recaudación tributaria; como fue el caso, evitando así extensos procesos de inciertos resultados para la administración tributaria. “Durante la aplicación de la ley, decenas de contribuyentes aplicaron medidas similares al desistir de apelaciones o recursos para acceder a las posibilidades que esta Ley ofrecía”, añadió.
El exdirector de la DGI hizo énfasis en que no tiene a mano mayores detalles de dicho acto, considerando que, mientras ejercía el cargo de Director General de Ingresos, se atendieron no miles, sino decenas de miles de solicitudes de contribuyentes. “Ni puedo, por mandato legal, referirme a procesos de contribuyentes”, dijo.
“Este y todos los actos administrativos rubricados por mí se hicieron con apego a la ley, por lo cual considero que la denuncia que se menciona no tiene fundamento, ya que mal puede haber una lesión patrimonial al Estado cuando la obligación tributaria en cuestión se encontraba en reconsideración, lo que significaba que el Estado pudiera perder la oportunidad de recaudar”, añadió.
Manifestó que, si este contribuyente o cualquier otro hubiese mantenido un proceso por evasión fiscal que guardase relación con los tributos objeto de su solicitud, el mismo se rechazaba de plano.
Además, argumentó que “es importante que esto no debe considerarse un beneficio; es un procedimiento que permitía que el contribuyente pudiera regularizar de manera voluntaria su situación con el fisco”.
Consultado sobre si cree que la denuncia responde a otros intereses, aseguró que “toda acción humana responde a intereses; a cuáles responde esta denuncia, no lo sé”.