La Ley 351 de 2022, que modifica la ley orgánica de la Contraloría General de la República (anteriormente establecida por la Ley 32 de 1984), continúa siendo percibida como un obstáculo significativo en la ardua batalla contra la corrupción en Panamá.
Desde su implementación, esta legislación ha generado debates y controversias en diversos sectores de la sociedad, pues se cuestiona su efectividad para combatir prácticas corruptas y promover la transparencia en la gestión pública.
De hecho, activistas y grupos de la sociedad civil, como la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, capítulo panameño de Transparencia Internacional, siguen esperando una decisión por parte de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) sobre la demanda de inconstitucionalidad que se presentó contra esa normativa.
Como se recordará, la Ley 351 fue demandada por La Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana en abril de 2023. Este recurso legal fue admitido ese mismo año y está bajo la ponencia del magistrado Olmedo Arrocha.
La inquietud
Olga de Obaldía, directora ejecutiva de La Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, subrayó que hay preocupación ante la aparente falta de fiscalización.
“La investigación de La Prensa, del escandaloso abuso de fondos a través del Instituto para la Formación y Aprovechamiento de Recursos Humanos (Ifarhu) deja claro que la demanda que presentamos el año pasado en abril contra la Ley 351 de 2022, preveía el debilitamiento institucional que ocasionaría dicha Ley, por ser contraria al diseño constitucional para el control y rendición de cuentas de los fondos públicos”, apuntó de Obaldía.
Precisamente, recordó que entre otros retrocesos, la ley otorga discrecionalidad a la Contraloría para no hacer auditorías o investigaciones que le solicite la Jurisdicción de Cuentas o el Ministerio Público. También permite escenarios donde se obstaculicen o no inicien “legalmente” los procesos de investigación de corrupción en el uso de fondos públicos y otorga facultades casi plenipotenciarias a la Contraloría y facultades de discrecionalidad al contralor, que pueden prestarse a la arbitrariedad.
“Lo más llamativo es que la Ley 351, mientras esté vigente, libra selectivamente de responsabilidad a los auditores de la Controlaría y al contralor, debilitando la rendición de cuentas”, puntualizó.
Alegatos
Como parte de la demanda que presentó la Fundación para el Desarrollo de la Libertad Ciudadana, varias entidades y ciudadanos presentaron sus alegatos como terceros. Entre este grupo que presentó alegatos pidiéndole a la CSJ que declare la inconstitucionalidad de la Ley 351 de 2022 están: Dionisia Barrios, representando a la Fiscalía General de Cuentas; Guido Alejandro Rodríguez, exfiscal de Cuentas; Alvin Weeden, ex contralor y quien falleció el año pasado.
También están los abogados Julio Linares Franco, Roberto Ruiz Díaz y Daniel Lombana Franschechi.
El abogado y candidato a diputado, Ernesto Cedeño también presentó una demanda de inconstitucionalidad sobre el artículo de la Ley 351 que otorga fueros y privilegios a los funcionarios de Contraloría, específicamente aquel que los exime de responsabilidad ante la justicia de cuentas.
En su momento, otras figuras públicas como el magistrado del Tribunal de Cuentas, Alberto Cigarruista, culparon a la Ley 351 de la baja cantidad de auditorías que estaban llegando al Tribunal de Cuentas. “Va a llegar un momento, si esto sigue así, que no vamos a tener trabajo en el Tribunal de Cuentas”, dijo Cigarruista en la Asamblea Nacional.
Opinión del procurador
La Procuraduría de la Administración opinó en su momento que son inconstitucionales al menos siete artículos de la citada ley. Uno de ellos es el artículo 1, que impide al Ministerio Público y a la Jurisdicción de Cuentas solicitar a la Contraloría iniciar investigaciones.
El procurador González también consideró que la norma deteriora la fiscalización de los fondos públicos y otorga privilegios a los sindicatos y cooperativas, además de evadir una función constitucional de la Contraloría.
Por otra parte, precisó que crea fueros y privilegios para los funcionarios de la Contraloría, además de generar una desigualdad de trato ante la ley, pues evaden la responsabilidad que la Jurisdicción de Cuentas genera para todos los funcionarios que manejan fondos públicos.
Incluso, el procurador de la Administración mencionó que la norma genera una discrecionalidad que la Constitución no otorga al contralor, en cuanto a que le permite cerrar investigaciones sin generar las denuncias que la ley indica, de ser el caso.