La Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió una demanda que presentó el abogado Carlos Herrera Morán para que se declarara inconstitucional el artículo 35 de la Ley 4 del 16 de enero de 2006, que reorganiza la Universidad Autónoma de Chiriquí (Unachi).
El artículo 35 de la Ley 4 de 2006, introdujo el precepto de votación ponderada para la escogencia del rector de ese centro de estudios superiores, mecanismo que permitió la reelección de Etelvina Medianero de Bonagas como rectora. La norma dispone que el voto de los profesores vale el 60%, el de los estudiantes 30% y el de administrativos, 10%.
La rectora logró su reelección por tercera vez, en unas elecciones celebradas el 26 de abril de este año. Compitió contra Edwin Samudio, decano de la Facultad de Humanidades; y con el profesor Pedro González. La rectora obtuvo el 57.64% de los votos. Samudio sacó el 38.83%, mientras que González contó con el 4.52% del apoyo, de acuerdo con el Tribunal Superior de Elecciones de la Unachi.
La decisión de la Corte está plasmada en el edicto 975 publicado por la secretaría del Órgano Judicial. El recurso fue analizado por la magistrada María Cristina Chen Stanziola, quien no admitió la acción legal basándose en el numeral 1 del artículo 206 de la Constitución, que se refiere a las atribuciones de la Corte. La magistrada también fundamentó su decisión en los artículos 101, 665, 2559, 2560 y 2561 del Código Judicial, sobre los requisitos para presentar una demanda de inconstitucionalidad.
En su demanda, Herrera Morán sustentó que el artículo señalado viola el artículo 135 de la Constitución, en el que se establece un principio de igualdad y no discriminación del voto, hecho que también se encuentra reconocido en convenios internacionales de aplicación universal sobre derechos humanos. Añadió que esta disposición (artículo 35 de la Ley 4 de 2006) vulnera el concepto constitucional de que el voto “es libre, igual, universal, secreto y directo”.
La otra demanda
En la Corte también reposa otra demanda de inconstitucionalidad para que se declare nula la proclamación de Medianero de Bonagas como rectora. Esto luego de las elecciones del 26 de abril pasado. El recurso fue interpuesto por el profesor Edwin Zamudio y quedó en manos de la Sala Tercera de la Contencioso Administrativo y Laboral.
Esta Sala procedió a solicitar al Tribunal Superior de Elecciones de la Unachi una copia autenticada del acta de proclamación de la rectora, quien fue reelecta por cinco años más (2023-2028). En julio pasado cuando se divulgó esta noticia, la Unachi reaccionó a través de un comunicado. La vicerrectora de la Unachi, Olda Cano de Araúz, alegó que con este recurso “se pretende desconocer el resultado de tal proceso electoral, haciendo alegaciones falsas e interpretaciones alejadas del sentido de las normas”.
Recordó que tras las elecciones en la Facultad de Humanidades, en el año 2014, el profesor Samudio también presentó un recurso de nulidad de proclamación en la Corte, así como otras demandas. Según Araúz, esos recursos recibieron su trámite “sin que hayan prosperado”.
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Etelvina Medianero de Bonagas comenzó su tercer periodo como rectora de la Unachi el pasado lunes 21 de agosto. Tomó posesión en un acto en el que asistieron docentes, funcionarios del centro educativo, estudiantes e invitados especiales. Ocupa el cargo de rectora de la Unachi desde el año 2013. Gana $13 mil 891 mensuales y su gestión ha sido duramente criticada por los estudiantes y algunos administrativos de ese centro de estudios, tras acusarla de nepotismo y de nombrar personal allegado a políticos del oficialista Partido Revolucionario Democrático. Diputados de ese partido, comandados por Raúl Pineda, impulsaron la ley que la reeligió.