Libre postulación: cualquier ciudadano puede impugnar

Libre postulación: cualquier ciudadano puede impugnar


Desde ayer lunes 1 de agosto y hasta el 14 de este mes, el Tribunal Electoral (TE) entrará a revisar los documentos de las personas que buscan una candidatura a elección popular por la libre postulación para determinar si cumplen o no con los requisitos.

Esta disposición aplica para aquellos que hasta el pasado domingo 31 de julio, día en que se cerró el período de postulaciones, no se les había reconocido la condición de precandidatos.

Después de que el TE revise los documentos, la entidad publicará los nombres en el Boletín Electoral durante dos días, con el propósito de que cualquier ciudadano pueda impugnar, tal como lo dispone el artículo 369 del Código Electoral. La objeción debe ser presentada ante los juzgados administrativos electorales o ante la Dirección de Organización Electoral.

Incluso, si el que impugnó no está conforme con la decisión del juzgado, puede apelar ante el pleno del TE y para ello tiene dos días hábiles siguientes a la notificación.

La lista

De acuerdo con un reporte del TE, 34 personas aspiran a llegar al palacio de las Garzas en las elecciones del 5 de mayo 2024, a través de este mecanismo (ver infografía). Siete de ellos ya son reconocidos como precandidatos: Francisco Carreira Pitty, Dimitri Flores Posso, Gerardo Barroso, José Luis Galloway Logan, Zuriela del Carmen Gómez, Eduardo Antonio Quirós y María Vanesa Ford.

El Código Electoral establece que serán postulados como candidatos los integrantes que más firmas de respaldo hayan obtenido, siempre que superen el 2% de los votos válidos emitidos en la última elección para el cargo al que se postule. Para Presidente de la República la cifra mínima es de 39 mil 296 rúbricas.

Desde el lunes 15 de agosto de 2022 al lunes 31 de julio de 2023 es el período para recolectarlas.

El TE también informó que mil 696 presentaron memorial para intentar ocupar algunos de los puestos de elección popular: presidente de la República, diputado, alcalde y representante de corregimiento. Sin embargo, el TE contabiliza en ese grupo al expresidente Ricardo Martinelli, quien metió papeles para obtener una candidatura presidencial, pero luego se retiró, alegando “un vacío en la ley” y la desconfianza en los magistrados del Tribunal Electoral.

En las elecciones generales de 2019, mil 303 panameños intentaron obtener una candidatura a esos cargos a través de esa vía.

Según se señala en los artículos 365 y 371 del Código Electoral quedarán reconocidos como candidatos postulados para la elección general los tres que más firmas obtengan, siempre que hayan superado la cantidad mínima de firmas (que es el 2%) para los distintos cargos y circunscripciones, además de haber presentado su informe de ingresos y gastos.

Demanda en la Corte

Mientras tanto, el abogado Ernesto Cedelo acudió ayer lunes a la Corte Suprema de Justicia con el propósito de demandar por “inconstitucionales”, los artículos 356 y 383 del Código Electoral que permiten a personas inscritas en partidos políticos, poder ser postulados por su partido y por la libre postulación, sin renunciar al colectivo al que pertenezcan.

Cedeño, quien presentó papeles ante el Tribunal Electoral para postularse a diputado por el circuito 8-4 (Río Abajo, San Francisco, Parque Lefevre, Juan Díaz y Don Bosco), recordó en su demanda que el artículo 356 da esa posibilidad, lo que, a su juicio, establece una “desigualdad brutal” en favor de las personas inscritas en colectivos políticos, “violando la equidad que debe existir en todo proceso electoral”.

La demanda también plantea que la libre postulación fue creada para la participación electoral de los que no pertenecen a los partidos políticos.

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