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Los caminos que tienen los diputados procesados de CD

Los caminos que tienen los diputados procesados de CD
Los diputados disidentes de CD han dicho que agotarán todas las instancias. Isaac Ortega

Luego del fallo del Tribunal de Honor y Disciplina de Cambio Democrático (CD) que ordenó expulsar del partido y revocar el mandato a 15 diputados, por traición, empieza a correr el tiempo para que la defensa de los disidentes ejecute sus estrategias.

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Tribunal de Cambio Democrático pasa factura a 15 diputados por traiciónPor ‘traición’, el Tribunal de Honor de CD ordena la expulsión y revocatoria de mandato de 15 diputados

El edicto 19-22, que dio a conocer el veredicto, permanecerá fijado en el tablero de la sede de CD hasta el próximo viernes 17 de junio. Pero, será entre el martes 21 y el miércoles 22 de junio cuando se podrán presentar los recursos de apelación, que deben ser sustentados en los tres días siguientes. En tanto, la junta directiva tendrá cinco días hábiles, desde el miércoles 29 de junio al 6 de julio, para resolverlas.

Jurisprudencia

Fuentes cercanas a los procesados han dicho que entre las salidas que estos barajan está presentar jurisprudencia que, según ellos, demuestra que no se les puede expulsar ni revocar el mandato por emitir un voto.

Citan lo dicho por Gerardo Solís cuando era fiscal electoral respecto al caso de Carlos Tito Afú (1999-2004). Solís –hoy contralor de la República– dijo que Afú no podía perder la curul porque esta “no le pertenecía al partido, sino al pueblo”. Explicó que, a diferencia del caso del exlegislador Mario Miller, a quien el Partido Revolucionario Democrático (PRD) le revocó el mandato a raíz de que cometió actos delictivos, la conducta de Afú de votar contra los lineamientos del partido se enmarca dentro de los parámetros políticos constitucionales.

A Afú, entonces militante del PRD, se le abrió un proceso de expulsión y revocatoria por rechazar la línea del partido que pedía no votar por la ratificación de Winston Spadafora y Alberto Cigarruista como magistrados de la Corte Suprema de Justicia, propuestos por la entonces presidenta Mireya Moscoso.

Los diputados también invocarían los artículos 150 y 154 de la Constitución. El 150 dice: “los diputados actuarán en interés de la Nación y representan en la Asamblea Nacional a sus respectivos partidos políticos y a los electores de su circuito”. El 154 establece que “los miembros de la Asamblea no son legalmente responsables por las opiniones y votos que emitan en el ejercicio de su cargo”.

Precisamente, el diputado suplente Agustín Sellhorn, quien funge como abogado de su esposa, la diputada Marylín Vallarino, en el proceso que le sigue CD, indicó ayer martes que el fallo del Tribunal de Honor podría hacer que se llegue a una expulsión del partido, pero no a la revocatoria de mandato, que solo está en manos de los electores.

Los diputados afectados también ven la posibilidad de extender el tiempo lo más que puedan entre las impugnaciones y, de ser posible, llevar el asunto a la Corte Suprema de Justicia.

El diputado Hernán Delgado, uno de los 15 procesados, dijo ayer martes que están claros en que la junta directiva de CD –que preside Rómulo Roux– mantendrá la decisión del Tribunal de Honor. “La esperanza nuestra es que esto lo revoque el Tribunal Electoral (TE)”, indicó. Pero en caso de que el TE avale la expulsión y revocatoria, dijo que irán a la Corte y, si en esta no obtienen respuesta, acudirán a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Los 15 diputados también tienen la carta del proyecto de ley 776, objetado parcialmente por el presidente Laurentino Cortizo por “inexequible”. Se trata de la disposición que le quita a las directivas de los partidos el poder de revocarle el mandato a los diputados.

En la sesión del 26 de abril pasado, la Comisión de Gobierno de la Asamblea mantuvo, con una leve modificación, el “camarón” objetado por el Ejecutivo. Se espera que en la nueva legislatura, que arranca el 1 de julio, el pleno lo apruebe en segundo y tercer debate. La nueva redacción del artículo 12 de ese proyecto quedó así: “los votos y/o opiniones de los diputados en el ejercicio de su cargo no podrán ser causal para dar inicio a procesos internos dentro de los partidos políticos”.

Código Electoral

De concretarse la expulsión y revocatoria, hay varias preguntas. ¿Habrá nuevas elecciones? ¿Qué pasará con los que no tienen suplentes?

Estas preguntas se responden en el artículo 479 del nuevo Código Electoral, que plantea las excepciones en las cuales se celebrarán elecciones parciales.

Solo una de las excepciones de dicho artículo se aplicaría en el caso de las diputadas Mayín Correa y Fátima Agrazal, que no tienen suplentes. El resto de los diputados sería reemplazado por sus suplentes.

Según fuentes del TE, en el caso de Correa y Agrazal aplicaría la última oración del numeral 4 del artículo 479, que dice que las elecciones se celebrarán cuando “el cargo haya quedado vacante por ausencia absoluta del principal y el suplente, salvo que falte menos de un año para que se venza el periodo. Es decir, Correa y Agrazal seguirían en sus curules.

Se desconoce qué pasaría con el caso de Yanibel Ábrego, cuyo suplente, Alcides Medina, también resultó electo como representante del corregimiento de Cermeño, en Capira.


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