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Mulino extralimita sus funciones al designar a Salomón Shamah en Promtur

El organismo de promoción turística se creó en 2017, obtuvo personería jurídica en 2018. Cuando se escogió al actual director, se evaluó el perfil de 11 candidatos.

Mulino extralimita sus funciones al designar a Salomón Shamah en Promtur
Salo Shamah, en febrero pasado, durante una visita a la embajada de Nicaragua en Panamá, donde se encuentra Ricardo Martinelli “asilado”. Isaac Ortega

El presidente electo, José Raúl Mulino, designó a Salomón Shamah como director general de Fondo de Promoción Turística (Promtur), a pesar de que el artículo 6 de la ley 9 del 14 de marzo de 2017 indica que la junta directiva es la encargada de “nombrar y remover” al director general del organismo.

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Salomón Shamah es designado como director general de Promtur Panamá

La ley que norma el fondo establece de forma detallada el método para conformar la junta directiva, sobre quien recae la responsabilidad de escoger al director, aprobar la estructura administrativa, los gastos e inversiones.

Promtur ha tenido dos directores: Liriola Pittí y Fernando Fondevilla. Fernando Duque asumió el cargo temporalmente, cuando ocupaba la presidencia de la junta directiva.

Cuando se escogió a Fondevilla, se evaluó el perfil de 11 candidatos y clasificaron 6 para entrevistas con la junta directiva, bajo los principios de mérito, capacidad y criterios técnicos.

El proceso para cambiar al director general suele incluir una evaluación del desempeño. En reunión de la junta directiva se discute el tema y se genera una votación para tomar la decisión.

Por ley, Promtur debe contar anualmente con un presupuesto de 20 millones de dólares para ejecutar la estrategia internacional del país como destino turístico.

La ley 9 del 14 de marzo de 2017 estipula que la junta directiva de Promtur debe estar compuesta por siete directores: el administrador general de la Autoridad de Turismo de Panamá (ATP), el presidente del Consejo Nacional de Turismo y cinco directores nombrados por el presidente de la República con el acuerdo del Consejo de Gabinete, para periodos de siete años.

La norma también detalla un proceso escalonado para el nombramiento de estos directores, con términos iniciales que varían entre tres y siete años, y sucesivos nombramientos para mantener la estructura.

El mecanismo de nombramiento va de la siguiente manera:

En el primer periodo se nombrarán a cinco directores de la manera siguiente:

  • Tres directores por un periodo de tres años.

  • Dos directores por un periodo de siete años.

Vencido el término de los tres directores nombrados por tres años, se nombrarán sus reemplazos de la manera siguiente:

  • Dos directores por cinco años.

  • Un director por siete años.

Vencido el término de los dos directores nombrados por cinco años, se nombrarán sus reemplazos por un periodo de siete años.

Los puestos de directores cuyos periodos hayan sido de siete años, una vez cumplido dicho término, sus reemplazos serán nombrados por el mismo periodo de tiempo.



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