“De cara a la elección del 5 de mayo de 2024 no se presentó ninguna impugnación en contra del padrón electoral preliminar (PEP) del corregimiento de San Felipe”, en el distrito de Panamá.
Así respondió Rubén González, director de Asesoría Legal del Tribunal Electoral (TE), a raíz de una misiva enviada por Octavio del Moral, presidente y representante legal de la Asociación de Vecinos y Amigos del Casco Antiguo (Avaca) a Luis Guerra, Alfredo Juncá y Eduardo Valdés Escoffery −magistrados del TE− a través del cual plantearon su preocupación por las “burdas irregularidades” en el padrón electoral del corregimiento de San Felipe.
En la contestación, el director de Asesoría Legal del Tribunal Electoral detalló cómo funciona la residencia en el sistema electoral panameño.
De igual forma, el funcionario precisó que el delito electoral más común en Panamá es el del cambio doloso de residencia y que por ello, en los últimos 20 años, unas 2 mil 786 personas han sido condenadas por cambio doloso de residencia y han pagado multas por 170 mil 349 dólares con 50 centavos.
Según González, estos cambios se dan, por lo general, en corregimientos pequeños en los que el trasiego de uno cuantos electores puede hacer la diferencia en los resultados.
El Código Electoral, en el artículo 13, establece que “todo ciudadano está obligado a empadronarse en el lugar de su residencia en los censos electorales que se realicen para la elaboracion o actualizacion del Registro Electoral, de acuerdo con los procedimientos o modalidades que para tales efectos establezcan el TE y la Contraloría General de la República".
“Para su conocimiento, tenemos 589 corregimientos, de los 701 que existen, que tienen menos de 5 mil electores. El incumplimiento en los arreglos de pagos por las referidas multas se convierten en pena de arresto a razón de un día por cada 50 balboas, según lo contempla el artículo 717 del Código Electoral”, dice el funcionario a la organización sin fines de lucro.
En su contestación, el TE señala también que actualmente los juzgados administrativos electorales están recorriendo el país para celebrar audiencias producto de las impugnaciones presentadas en contra del padrón electoral preliminar. Cumplidos los trámites de impugnaciones en la referida jurisdicción, “no hay forma en la que el TE ni la Fiscalía General Electoral puedan excluir a ninguna personal del padrón”, se aseguró.
LO QUE PLANTEA AVACA
En una nota con fecha del 22 de agosto pasado, el presidente de Avaca dice que el censo nacional del año 2023 ha revelado que −de manera preliminar dentro del corregimiento de San Felipe− existen únicamente 692 personas mayores de 18 años calificadas para ejercer el derecho al sufragio.
Sin embargo, el padrón electoral preliminar del corregimiento refleja una cantidad de 3 mil 900 personas con esas mismas calificaciones. En otras palabras, el padrón electoral de San Felipe contiene cinco veces más el numero real y actual de ciudadanos con derecho a votar en dicho corregimiento.
Como prueba, la organización adjuntó copia del documento expedido por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, correspondientes a las características de las viviendas y la población del corregimiento de San Felipe, generadas por el censo nacional llevado a cabo en 2023.