Nuevas elecciones en RM revivirán el fuero suspendido por el Tribunal Electoral

Nuevas elecciones en RM revivirán el fuero suspendido por el Tribunal Electoral
El partido deberá presentar un nuevo calendario electoral para continuar con el proceso electoral. Archivo


La puesta en marcha de un nuevo calendario electoral para continuar con la escogencia de las directivas de las secretarías de la Mujer y de la Juventud revivirá el fuero electoral penal en Realizando Metas (RM), que a partir de hoy viernes 20 de mayo está suspendido.

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RM intenta frenar decisión del TE sobre el fuero electoralFuero habría quedado suspendido en RM, por la pausa en sus comiciosSolicitarán al pleno de los magistrados del Tribunal Electoral que le suspendan el fuero a Martinelli

Entre los beneficiados por el fuero figura el expresidente de la República, Ricardo Martinelli, en su calidad de presidente de RM.

En un fallo emitido este miércoles 18 de mayo el Tribunal Electoral (TE), bajo la ponencia del magistrado Alfredo Juncá, pidió a la Dirección Nacional de Organización Electoral (DNOE) de esa entidad y a la junta de escrutinio de RM que ambas partes se reúnan a “la mayor brevedad posible” para que presenten una modificación al calendario electoral que permita retomar el proceso en la fase en que ha quedado interrumpido; es decir, “en la etapa de publicación de las proclamaciones”.

Juncá da respuesta a una nota de la DNOE en la que se pedía a los magistrados dejar claro si había o no fuero en RM, tras suspender el pasado 2 de mayo, el conteo de votos de los comicios celebrados el 24 de abril.

Esas elecciones se vieron marcadas por denuncias de presuntas irregularidades que, según la junta de escrutinio del partido, fueron subsanadas. Pero presentaron el listado de los candidatos proclamados después del plazo que estipulaba el calendario pactado con el TE.

Juncá señala en el fallo, con el aval de sus colegas Heriberto Araúz y Eduardo Valdés, que no se puede hacer dichas publicaciones amparadas en un calendario “vencido”.

“Este Tribunal no puede publicar proclamaciones fuera del término establecido en el calendario electoral, ya que serían extemporáneas y contribuiría a incrementar la incertidumbre en que se encuentran estas elecciones, producto de las actuaciones, no ajustadas a la normativa electoral, de la Junta Nacional de Escrutinio”, se lee en el fallo.

En lo que respecta al fuero electoral penal y laboral indicó que dichos fueros tienen su razón de ser en la existencia de un proceso electoral y en el fiel cumplimiento de sus etapas. Es decir, que su nacimiento y vigencia “están ligados al inicio y culminación de una contienda electoral”, la cual está detallada en un calendario electoral.

Juncá trajo a colación una resolución de 2016 del pleno del TE, donde se plantea que si se ha detenido o suspendido el proceso e interrumpido el calendario no debe haber ningún tipo de fueros. “La suspensión del proceso, irremediablemente origina la suspensión de los fueros”.


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