La Corte pide levantarle el fuero penal electoral al diputado Jairo ‘Bolota’ Salazar

La Corte pide levantarle el fuero penal electoral al diputado Jairo ‘Bolota’ Salazar
Diputado Jairo 'Bolota' Salazar. Archivo


Los juzgados primero y cuarto administrativos electorales, tramitan levantarle el fuero penal electoral al diputado del oficialista Partido Revolucionario Democrático (PRD), Jairo Bolota Salazar.

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Denuncian a diputada del PRD por supuestamente participar en actividades financiadas con fondos públicos

La solicitud fue hecha por la Corte Suprema de Justicia, órgano que investiga a los diputados.

En mayo de 2020, el pleno de la Corte admitió dos denuncias presentadas por el entonces director de la Policía Nacional, Jorge Miranda, contra el diputado. La primera denuncia contra el político fue presentada el 13 de noviembre de 2019, luego de que agentes de la Policía intentaron detener una fiesta en el sector Altos de Los Lagos, Colón, en la que estaba el diputado. Sin embargo, Salazar, molesto, dijo improperios a los agentes del orden público.

La segunda denuncia contra Salazar fue presentada en marzo de 2020 por dos abogados de la Policía Nacional. Concretamente, denunciaron al diputado luego de que este fuera interceptado por la Policía cuando conducía un carro sin placa y se negó a mostrar su licencia de conducir.

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¿Por qué tiene fuero?

Salazar tiene fuero penal electoral a raíz de que es precandidato a diputado por el circuito 3-1, Colón, para las primarias que celebrará el PRD el próximo 11 de junio, rumbo a las elecciones de 2024. Las dos solicitudes para levantarle el fuero al diputado oficialista ingresaron a los mencionados juzgados el pasado 24 de abril, según consta en documentos de la entidad.

En el caso de las elecciones primarias, el artículo 306 del Código Electoral dice que los candidatos de partidos políticos adquieren fuero desde que empieza la campaña y hasta el día siguiente de la proclamación. La campaña en el PRD empezó el pasado 10 de abril y termina el 8 de junio.

Salazar no el único diputado oficialista que está en la mira de la justicia electoral, pues en el Juzgado Primero Administrativo Electoral reposa un expediente contra la diputada perredista Alina González, quien fue denunciada por su supuesta participación en actividades financiadas con fondos públicos, luego de la apertura del proceso electoral, actividad que está prohibida por el Código Electoral (artículo 282).

¿Qué es el fuero penal electoral?

De acuerdo con el artículo 305 del Código Electoral, el fuero penal electoral es el derecho que tienen los presidentes, vicepresidentes, secretarios y subsecretarios generales de los partidos legalmente constituidos, los candidatos, delegados electorales, entes electorales de los partidos políticos, miembros de las corporaciones electorales, funcionarios electorales y enlaces para no ser investigados, detenidos, arrestados o procesados en materia penal, policiva o administrativa, siempre que estas últimas involucren la imposición de una pena privativa de la libertad, sin que medie autorización expresa y previa de los juzgados administrativos electorales, salvo en caso de flagrante delito.




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