En la Asamblea Nacional reposa una propuesta legislativa que busca derogar siete artículos del Código Penal relativos a la calumnia e injuria, y establece los principios de tutela y amparo contra el acoso procesal.
El anteproyecto de ley, presentado el pasado lunes por el diputado independiente Gabriel Silva, también incorpora la doctrina de la real malicia a los procesos civiles, en caso de que se afirme que se actuó con “pleno conocimiento de la falsedad de la información”.
“La prueba de la real malicia se hará de acuerdo con las reglas de la sana crítica. Las indemnizaciones por daños y perjuicios no podrán ser ruinosas ni causar el efecto de la insolvencia o quiebra de la persona o personas naturales responsables. Se establece como rango de estas indemnizaciones un valor equivalente a tres y seis salarios mensuales de la persona o personas naturales responsables, o un equivalente de 2% a 5% de los ingresos anuales de la persona jurídica”, dice la iniciativa legislativa que en su exposición de motivos ahonda ampliamente sobre la libertad de expresión y de prensa tanto en Panamá, como en el países del área.
El anteproyecto de Silva recuerda que “con creciente frecuencia” ciudadanos, particularmente periodistas, activistas y generadores de contenido alrededor del mundo, son víctimas de “demandas temerarias que solo buscan silenciar sus voces”, demandas conocidas como juicios estratégicos en contra de la participación ciudadana.
La propuesta legislativa menciona las demandas y el secuestro contra Corporación La Prensa, S.A. (Corprensa) y el medio digital Foco, entre otros.
El anteproyecto de ley define el acoso procesal como todo proceso administrativo, disciplinario, civil o penal que busque coartar, censurar, intimidar o inhibir a las personas de expresar libremente su opinión o informar sobre temas de interés nacional. Otro artículo establece que en todo proceso administrativo, disciplinario o judicial, que se inicie por una demanda, denuncia, petición o querella, la autoridad competente deberá velar porque este no sea un ejercicio de acoso procesal.
La iniciativa también se refiere a las medidas cautelares, embargos y ejecución judicial. Al respecto dispone que en ningún caso los secuestros, embargos o indemnizaciones por daños y perjuicios podrán incluir los bienes inmuebles utilizados como oficina por la víctima del acoso procesal, las cuentas bancarias que contengan dinero para el pago del sueldo de los empleados o proveedores, el 60% del salario personal de la víctima y las máquinas e instrumentos de trabajo como ordenadores, impresoras, mobiliarios, entre otros. En esa lista también está la residencia de la persona víctima de acoso procesal.
Hace un mes, la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) denunció el continuo abuso de las demandas por difamación contra medios y periodistas panameños y el secuestro preventivo de sus bienes, como mecanismos de intimidación y mordaza para acallar las voces críticas y el periodismo independiente.
El Índice Chapultepec de la SIP 2021-2022 señala que las estadísticas del Ministerio Público de Panamá “revelan que existen 586 expedientes abiertos por delitos en contra del honor. De estos, 81 involucran a medios de comunicación social”. En la jurisdicción civil, “se encuentran en proceso 40 trámites contra comunicadores y empresas de comunicación social, con demandas que superan la reclamación de 13 millones de dólares”.