Las bancadas o fracciones legislativas son el conjunto de cuatro o más diputados que comparten lealtades políticas. En el caso del partido Cambio Democrático (CD) se ha creado un interesante problema jurídico político: un mismo partido tiene dos bancadas distintas.
Esta situación patológica es el resultado de la intervención del Tribunal Electoral en la decisión de la junta directiva del CD, de expulsar a 15 diputados rebeldes que no acataron la línea partidaria en la elección del presidente de la Asamblea Nacional el 1 de julio de 2022. Como pago de ese favor, el Tribunal Electoral anuló la expulsión y condenó al CD a una situación patológica.
El dilema de marras surgió el 1 de julio de este año, cuando la diputada Génesis Arjona, integrante del bando rebelde, retornó al redil del bando del actual presidente del partido el candidato presidencial Rómulo Roux. En ese momento, los diputados abiertamente leales a Roux alcanzaron la cifra de 4, el mínimo necesario para formar su propia fracción.
Según el artículo 2021 del Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, una fracción legislativa se conforma con un mínimo de 4 diputados. Si se cumplen con los requisitos del artículo 222 del mismo Reglamento, que establece que la fracción legislativa debe ser notificada a más tardar 10 días después de haberse iniciado la primera legislatura, entonces la fracción legislativa “lo bueno vuelve” debería ser reconocida.
Este problema no es jurídico, ya que los dos artículos mencionados son sumamente claros sobre este tema. El problema es político. Si se reconoce la nueva bancada, se complica la gestión de las Comisiones Permanentes de la Asamblea Nacional, y se establece un precedente que permitiría por ejemplo, que el diputado Crispiano Adames creara su propia fracción legislativa. Lo legal es que se reconozca la nueva fracción, lo político es que sea negada su existencia. Quizás un amparo de garantías constitucionales ante el Pleno de la Corte Suprema de Justicia resuelva este rompecabezas.