Sastrería jurídica: tres abogados examinan la propuesta de Camacho que facilitaría la amnistía, el indulto y la rebaja de pena

Sastrería jurídica: tres abogados examinan la propuesta de Camacho que facilitaría la amnistía, el indulto y la rebaja de pena
Luis Eduardo Camacho y Ricardo Martinelli.


No ha estrenado la silla de presidente de la Comisión de Gobierno de la Asamblea Nacional, pero Luis Eduardo Camacho, diputado del oficialista Realizando Metas (RM), ya presentó una propuesta legislativa que le daría el boleto de libertad al expresidente Ricardo Martinelli, quien está asilado en la embajada de Nicaragua para evadir una condena de más de 10 años de prisión por el caso New Business.

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El anteproyecto llegó al pleno legislativo la noche del pasado lunes 29 de julio. Tiene nueve páginas y en su artículo 1 dice que reglamenta la amnistía, el indulto, la rebaja de pena y la concesión de la libertad condicional, consagradas en la Constitución.

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Luis Eduardo Camacho, del partido Realizando Metas., LP/Isaac Ortega


Amnistía, indulto, rebaja de pena, libertad condicional

La amnistía, de acuerdo con el anteproyecto que impulsa el diputado de San Miguelito, es una gracia que beneficia a toda persona vinculada a un delito político, cuyo “otorgamiento” es privativo del Órgano Legislativo que extingue la acción penal y la pena.

Define al indulto como una causa de extinción de la pena, de carácter individual, cuya potestad corresponde al Presidente de la República. La rebaja de pena, según el documento, constituye la reducción de la pena de prisión que sufra una persona condenada. “Es aplicable por cualquier tipo de delito común por potestad del Presidente de la República”, se lee.

El delito político se constituye a partir de los siguientes escenarios:

  1. Sanción judicial, electoral o administrativa impuesta por actos relacionados o derivados de la participación política de la persona, o cuando a través de dichas acciones se le haya impedido el derecho a elegir y ser elegido.

  2. Cuando la sanción, persecución o procesamiento de la acción seguida a un ciudadano se haya realizado de forma directa o indirecta en situaciones políticas de presión mediática, en donde se aprecie procesamiento o acciones de influencia de algún órgano de poder del Estado distinto al judicial.

  3. Cuando, según lo dispuesto en convenciones aprobadas por Panamá, se haya reconocido o declarado la condición de perseguido político del procesado, enjuiciado o sentenciado por parte de organismos internacionales. Cuando, en el caso de asilo político, una sede asilante considere que se está ante la figura de delincuencia política, como lo define actualmente la Convención de Delito Político de Montevideo.

Sastrería jurídica: tres abogados examinan la propuesta de Camacho que facilitaría la amnistía, el indulto y la rebaja de pena

En los siguientes artículos, la propuesta sigue profundizando sobre los mecanismos para aplicar estas figuras jurídicas.

Tres abogados examinaron el documento y estas son sus principales conclusiones:

‘El sastre de Martinelli’

Para el exfiscal de Cuentas, Guido Rodríguez, el anteproyecto de Camacho “pretende echar por la borda siglos de elaboración doctrinal sobre las diferencias entre la amnistía y el indulto”.

La amnistía, recordó, es una medida de carácter general que extingue la responsabilidad penal de un conjunto de personas por ciertos delitos, usualmente con motivos políticos. “Puede ser retroactiva y borrar el delito como si nunca hubiera ocurrido”, explicó.

Sastrería jurídica: tres abogados examinan la propuesta de Camacho que facilitaría la amnistía, el indulto y la rebaja de pena
Ricardo Martinelli junto a los diputados de RM, en la embajada de Nicaragua. Tomada de IG

El indulto, dijo, es una medida de carácter individual que perdona la pena impuesta a una persona, aunque el delito y la condena siguen existiendo en el historial penal del indultado. “No borra el delito, sino que simplemente perdona o reduce la pena”, manifestó.

“Por otra parte, tratar de otorgar al Estado asilante la calificación de si un delito es político, para efectos de la justicia del estado territorial, es cederle la soberanía jurídica a ese Estado. Ni hablar de la clasificación que hace de lo que se debe considerar delito político. Prácticamente todos los delitos contra la administración pública, o cometidos por cualquier aspirante a un cargo de elección popular, quedarían encuadrados en esa caprichosa y muy poco jurídica propuesta”, añadió.

“Al diputado Camacho se le conocerá a partir de ahora como ‘el Sastre de Martinelli’”, agregó.

‘Traje hecho a la medida’

Ana Matilde Gómez, exprocuradora general de la Nación y exdiputada independiente, afirma que la iniciativa legislativa es “un traje hecho a la medida”, “un plan con nombre y apellido”.

La exprocuradora dice que, agarrándose de ciertos vacíos que tiene el Código Penal, el anteproyecto define los conceptos (amnistía, indulto, rebaja de pena, libertad condicional) pero con un traje a la medida de lo que se está buscando.

A su juicio, la propuesta “interpreta la amnistía como de carácter individual cuando la norma penal la interpreta y la plantea de carácter general, porque para los temas individuales está el indulto”.

Otro de los aspectos que llama la atención de Gómez es que al momento de establecer las condiciones para que se dé el delito político, se expone “prácticamente” la condición de Martinelli.

“Se aprovechan hábilmente del vacío, porque la norma internacional es la que lo contempla. Ponen exactamente: ‘cuando el país asilante sea el que haya definido como tal... Esa es la condición de Martinelli. Aquí, el que ha dicho que es delito político es Nicaragua”, planteó.

“Lo que más llama la atención de esto es la ausencia de una estricta y buena técnica jurídica y legislativa, porque desarrolla una norma para un caso concreto”, argumentó.

La exprocuradora también llama “retroceso” a la propuesta, y considera que el poder judicial no debe aceptar que en un anteproyecto de ley se debata sobre la base de que se prestó o se apresta para mantener una eficacia basada en persecución y basada en falsedades.

“¿Cómo es posible que el poder judicial vaya a pasar agachado frente a una aceptación que implicaría que esto se tiene que aprobar porque ellos han violado garantías fundamentales?”, se preguntó.

‘Choca con la Constitución’

El abogado Rodrigo Noriega afirma que, por donde se vea, este anteproyecto de ley choca con la Constitución, choca con la práctica internacional y choca con lo que ha sido la jurisprudencia de la práctica de Panamá.

“La propuesta sería inconstitucional porque choca con lo que ya ha sido una práctica establecida en Panamá, con lo que establece la Constitución y con los acuerdos internacionales en materia, por ejemplo, el tema del delito de blanqueo de capitales que entra a la legislación panameña por convenios internacionales”, sustentó.

Este sería uno de los principales temas que trataría la recién instalada Comisión de Gobierno, instancia que preside el proponente del polémico anteproyecto: Luis Eduardo Camacho.



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