A partir de este lunes 18 de noviembre el país cuenta con una ley que crea el "Plan de acción para mejorar la salud" y se dictan otras disposiciones para establecer el impuesto selectivo al consumo de bebidas azucaradas y los criterios para su uso. En la Gaceta Oficial No.28903-A se publicó la Ley No. 144 de 18 de noviembre de 2019.
La ley entre otros aspectos contempló modificaciones a la Ley No. 45 de 1995 para aplicar un impuesto selectivo al consumo de productos, como bebidas azucaradas, vinos, cervezas y productos derivados del tabaco, como cigarrillos, cigarros, puros, entre otros, de producción nacional o derivados.
En relación al impuesto fijado al consumo de bebidas azucaradas la norma establece que será de 7% para las bebidas gaseosas, 5% para el resto de las bebidas azucaradas, sean de producción nacional e importadas y de 10% para los jarabes, siropes y concentrados para la producción de bebidas azucaradas.
"La norma, la cual surgió de la necesidad de velar por la buena salud de la población, establece la promoción de un estilo de vida saludable con base en una alimentación saludable, buena nutrición y la realización de actividades físicas", indicó la norma.
Además manda a concienciar a la población sobre las consecuencias que puede tener en el estado de salud el uso excesivo de azúcar. Llama a la responsabilidad empresarial con la finalidad de exista un proceso de manufactura óptima que favorezca el consumo responsable, equilibrado y sostenible.
También crea la Comisión para el Mejoramiento de la Salud, a la cual se les otorgan funciones y además se le manda a reunirse por lo menos una vez al mes.
Sobre la publicación de esta ley en Gaceta Oficial, el empresario de Life Blends, Rafael Carles, expresó que ahora corresponde a las autoridades velar porque los impuestos que se van a cobrar sean bien utilizados para la promoción de campañas educativas para frenar el aumento de enfermedades no transmisibles, como diabetes, hipertensión, cáncer, entre otros.