El pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) revocó la resolución del Ministerio de Ambiente del 6 de mayo de 2014, que aprobaba el estudio de impacto ambiental (EIA) categoría II, para la instalación de un oleoducto que llevaría combustible al Aeropuerto de Tocumen, conocido como Vertikal.
Este fallo surge luego de un amparo presentado el pasado 5 de junio de 2017 por el Centro de Incidencia Ambiental (CIAM), la Red Ciudadana Urbana de Panamá y el Centro de Estudios y Acción Social Panameño, argumentando presuntas violaciones a los derechos a un ambiente sano, al desarrollo sostenible y la primacía del interés público sobre el privado.
Gran parte del oleoducto sería instalado dentro del área protegida humedal bahía de Panamá, que goza de protección absoluta nacional e internacional desde su creación en 2009.
En su decisión, el magistrado ponente, Jerónimo Mejía, concordó con los argumentos planteados por el CIAM y concluyó que la aprobación del EIA del proyecto del oleoducto efectivamente viola el derecho a un ambiente sano.
El magistrado sostuvo que “[…] la aprobación del estudio de impacto ambiental del proyecto de trasiego de combustible […] pasó por alto la regulación vigente entonces y, en consecuencia, desatendió una serie de bienes y servicios ambientales que gozan de protección especial, dada la importancia ambiental y socioeconómica del referido humedal, vulnerándose de esta forma el derecho a un ambiente sano en relación con las obligaciones que tiene el Estado en materia ambiental […]”.
Según Luisa Araúz, abogada del CIAM, esta decisión sienta un precedente "importante" para el derecho ambiental panameño, ya que el pleno reitera que el derecho a un ambiente sano es un derecho exigible y sujeto a tutela judicial, el cual está relacionado con el goce de otros derechos humanos fundamentales.
Representantes de la promotora Vertikal Corporation, Inc., han preferido no emitir comentarios al respecto.