Datos que debe saber de la entrada en vigencia de los jueces de paz

Datos  que debe saber de la entrada en vigencia de los jueces de paz


Desde el 2 de enero ya no debe haber corregidores, sino jueces de paz en el Primer Distrito Judicial: Panamá, Colón, Panamá Oeste, Darién y las comarcas indígenas Guna Yala, Emberá Wounaan, Madungandí y Wargandí.

+info

Justicia comunitaria será supervisadaAprueban selección de 23 jueces de paz en la capitalComienza evaluación a aspirantes a jueces de paz

Así lo establece la Ley No.16 de junio 2016, que pone en marcha un nuevo sistema de justicia administrativa en el que ya no habrá corregidurías, sino casas de justicia comunitaria.

Una de las entidades que juega un papel determinante en este proceso, luego de los gobiernos locales, es el Ministerio de Gobierno, a través de la Dirección de Resolución Alterna de Conflictos. La subdirectora de ese departamento, Karen Palacios, suministró los detalles y alcances de este nuevo proceso de justicia local.



1. ¿Qué cambia a partir del 2 de enero con la implementación de la justicia de paz?



Desde el 2 se implementa la justicia de paz en el Primer Distrito Judicial, es decir, en Panamá, Colón,Panamá Oeste, Darién y las comarcas indígenas Guna Yala, Emberá Wounaan, Madungandí y Wargandí. Deben estar nombrados 181 jueces de paz, quienes reemplazarán la figura de los corregidores.



2. ¿Cuál es la diferencia entre la figura del corregidor y el juez de paz?



La diferencia comienza por el proceso de selección y nombramiento del juez de paz. El corregidor era elegido por el alcalde, pero ahora, para que una persona sea juez de paz debe pasar por el escrutinio de su comunidad, una comisión técnica distrital integrada por las juntas comunales, consejos municipales, Defensoría del Pueblo y la sociedad civil organizada.



3. ¿Qué temas atenderá el juez de paz y cuáles no?



El juez de paz puede atender conflictos comunitarios como riñas entre vecinos, problemas de arbolado rural y urbano,filtraciones de agua, uso de espacios comunes, ruidos en los edificios, reclamos por servicios mal prestados siempre y cuando el trabajo que se prestó por un profesional o empresa no haya superado los mil dólares. También puede dictar medidas de protección a la mujer víctima de la violencia. Los jueces de paz pueden aplicar medidas especiales de protección como el desalojo del agresor de la residencia y ordenar la aprensión del agresor provisionalmente hasta por 48 horas. Lo que no puede aplicar el juez de paz es el arresto, que un corregidor si lo puede aplicar ahora mismo hasta por 365 días.



4. ¿Si los ciudadanos no logran ponerse de acuerdo ante el juez de paz qué sucede?



Si no hay un acuerdo de mediación o conciliación, el juez de paz debe tomar una decisión y emitir un fallo final.



5. ¿El juez de paz impone sanciones?



El juez puede ordenar la reparación del daño, como devolver un bien o aplicar una multa que no supere los mil dólares. También puede ordenar el trabajo comunitario, en casos de vandalismo, por ejemplo, cuando se dañan escuelas.En el caso de la multa, se determinará de acuerdo a la condición económica o ingreso del infractor, la cual no podrá exceder el 50% de su ingreso.



6. ¿Cuál es la diferencia entre un juez de paz y un juez municipal?



El juez de paz es una autoridad administrativa local, mientras que el juez municipal está dentro de la estructura del Órgano Judicial. Su jurisdicción y competencias son distintas.



7. Para ser juez de paz no se exige estudios formales. ¿Por qué?



Para ser juez de paz la ley dice que debe ser abogado cuando se trata de un distrito metropolitano o urbano, como Panamá, Colón o San Miguelito. Cuando el municipio es semiurbano o rural deberá aprobar mínimo el bachillerato.Además, todos los aspirantes a jueces de paz deberán aprobar un curso de formación inicial certificado por la Procuraduría de la Administración.



8. ¿Cómo se evaluará el papel de los jueces de paz y los mediadores?



Las comisiones técnicas distritales están a cargo de evaluar a los jueces de paz. Esa comisión se debe formar en cada uno de los corregimientos y está integrada por varias entidades. Ellos tiene el rol de velar porque el juez de paz cumpla con su función. Además, el ciudadano puede presentar una queja ante esa comisión en caso de que considere que el juez no está cumpliendo con su rol.



9. ¿Se ha nombrado a todos los jueces de paz y los a mediadores que se requieren a partir de este 2 de enero?



Hasta la fecha hay nombrados oficialmente los 23 jueces de paz del Municipio de Panamá y esperamos que a hoy 2 de enero se sumen los otros municipios del Primer Distrito Judicial. En teoría, hoy debiéramos tener designados 181 jueces de paz. En el caso del Ministerio de Gobierno, nosotros tenemos la responsabilidad de nombrar a tres delegados administrativos en las comarcas de Wargandí, Madugandí y Puerto Obaldía. Ya hicimos el proceso de selección que reemplazará a los corregidores de estas comarcas.



10. ¿Cuántos jueces de paz y cuántos mediadores se necesitan para todo el país?



En total se requieren 666 como mínimo, que es la última cifra de corregimientos que tenemos. Aunque la ley permite el nombramiento de más o menos en un municipio dependiendo de su población o los conflictos comunitarios que ocurran en determinado corregimiento. 

 

 

LAS MÁS LEÍDAS