El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) advirtió, este sábado 6 de abril, que si la empresa encargada de desarrollar una terminal petrolera para buques en isla Boná, en el Golfo de Panamá, no obtiene los permisos requeridos del Ministerio de Ambiente (Miambiente), la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), entre otras instituciones, esto será causal para la terminación del contrato.
La información se da a conocer luego de que científicos y conservacionistas pidieran que se declare a la isla como área protegida, bajo la categoría de Refugio de Vida Silvestre, al tratarse de una guarida de aves y de avistamiento de delfines y ballenas.
Agrega la nota del MEF que el contrato de arrendamiento, en su cláusula décima tercera, establece que "una vez firmado y refrendado el acuerdo, la empresa arrendataria tiene la obligación de comenzar el estudio de impacto ambiental (EIA) correspondiente sobre las viabilidades técnicas del proyecto". Esto "antes del inicio de los trabajos de construcción de las obras". Además, debe presentar el estudio informativo correspondiente ante Miambiente.
Por otra parte, también deberá empezar "los trámites legales y administrativos ante la Secretaría Nacional de Energía y la AMP, para lograr las concesiones necesarias que se necesitan para la finalidad del contrato".
Añade que el la cláusula décima quinta, establece que, una vez perfeccionado jurídicamente el contrato, la empresa arrendataria deberá cumplir las siguientes obligaciones: "tomar todas las medidas necesarias de mitigación ambiental que sean establecidas en el EIA aprobado por el Ministerio de Ambiente"; "proteger en todo momento durante la construcción de las distintas obras y en el desarrollo de los trabajos técnicos en el proyecto, la ecología, el medio ambiente y observar durante la operación las normas aplicables al respecto".
También debe "cumplir con todo el ordenamiento jurídico de la República de Panamá existente o aplicable en el futuro a la operación, mantenimiento y desarrollo del sistema de suministro de los derivados del petróleo y diversos servicios suministrados, incluyendo las normas ambientales relacionadas con la protección del medio ambiente desde la zona de almacenamiento y despacho de combustibles y derivados de petróleo".
El acuerdo de arrendamiento por 20 años prorrogables, con opción de venta de la isla, fue firmado entre el alcalde de Taboga, Ramón Ramos y la empresa Bona Pacific Corp., la cual está interesada en construir una terminal para el almacenamiento y despacho de combustible y derivados de petróleo.
La Contraloría General de la República no ha refrendado el contrato, que fue avalado el año pasado por el Consejo Económica Nacional (CENA), que forma parte del MEF.
Sobre este tema, el procurador de la Administración, Rigoberto González, envió dos notas, el pasado 19 de marzo, a la directora de la Autoridad delos Recursos Acuáticos (ARAP), Zuleika Pinzón y al ministro de Ambiente, Emilio Sempris, pidiéndoles que le informen si tienen conocimiento sobre la ejecución del contrato de arrendamiento firmado entre la Alcaldía de Taboga y la Bona Pacific Corp.
En las misivas, recordó a ambas instituciones que el artículo 74 de la Ley 41 de 1998 (Ley General del Ambiente), establece que tanto la ARAP como Miambiente deben “dar prioridad” en sus políticas públicas a la “conservación” de los ecosistemas marinos y de aguas continentales con niveles altos de biodiversidad biológica.