Tres grupos acudieron este miércoles 26 de julio a la Corte Suprema de Justicia (CSJ), para presentar sus alegatos a favor y en contra del matrimonio igualitario.
Este es el último día del período otorgado por la ley para la presentación por escrito de los alegatos en la advertencia de inconstitucionalidad promovida por la firma Morgan & Morgan, a nombre de Enrique Jelenszky y John Winstanley, en octubre de 2016, contra el artículo No. 26 del Código de la Familia. El plazo de 10 días comenzó a contarse desde el pasado 16 de julio.
El primer grupo que concurrió fue la Alianza Pro Igualdad, que entregó un amicus curiae (presentación de un tercero ajeno a un litigio y que ofrece voluntariamente su opinión).
En su escrito a la CSJ, la Alianza Pro Igualdad -que se define como una federación defensora de los derechos humanos- pide que se declare inconstitucional la frase “entre un hombre y una mujer” contenida en el artículo No. 26 del Código de la Familia. “Esta frase es discriminatoria al otorgar la posibilidad del matrimonio exclusivamente a personas de sexos opuestos”.
“Consideramos que la norma antes señalada transgrede nuestra Constitución y vulnera los convenios internacionales que Panamá ha ratificado y que forman parte del bloque de la constitucionalidad, como ha sido dispuesto en innumerables fallos de la Corte Suprema”, destacó la Alianza Pro Igualdad.
Consideran que negar la posibilidad de que parejas del mismo sexo puedan desarrollar un proyecto de vida juntos, a través del matrimonio, conlleva un acto discriminatorio desde el Estado y trae como consecuencia que estas parejas “vivan al margen del respeto y de la garantía de sus derechos”.
Alianza Pro Igualdad invitó al abogado salvadoreño Hermán Duarte, para presentar su amicus curiae.
Duarte representa a la Fundación Latinoamericana para la Promoción y Protección de los Derechos LGBTI (Fundación Igualitos), que surgió en noviembre del año pasado. Además pertenece a una firma de abogados que se dedica a erradicar la discriminación por la orientación sexual.
“Creo que con el posicionamiento en el mundo que tiene Panamá, puede darle la oportunidad al matrimonio igualitario y dar un golpe en Centroamérica de que acá hay una sociedad inclusiva e igualitaria ante la ley (…) así la discriminación eventualmente se va a erradicar”, dijo Duarte.
Por su parte, las alianzas Panameña por la Vida y la Familia y Evangélica de Panamá expresaron su oposición a la advertencia de inconstitucionalidad.
Francisco Carreira Pittí, abogado de la Alianza Panameña por la Vida y la Familia, destacó que la ley establece una prohibición clara sobre el matrimonio entre parejas del mismo sexo; por lo tanto no hay “necesidad de argumentar”.
Carreira Pittí enfatizó que la acción presentada por Morgan & Morgan, “hay que rechazarla de plano... Es improcedente”.
Agregó que los defensores del matrimonio igualitario quieren "implantar" en Panamá una teoría estadounidense que el matrimonio es un derecho humano, mientras que en Europa se estableció que no existe ese derecho. “Este es un conflicto que la ley panameña ya lo resuelve porque prohíbe ese matrimonio”, indicó.
En tanto, Ernesto Cedeño, que representa a la Alianza Evangélica de Panamá, señaló que el matrimonio igualitario no tiene cabida en el país, “desde el punto de vista constitucional”. Opinó que es una "costumbre foránea" que riñe con la jurisdicción panameña.
Ambos grupos coinciden en que "no hay un interés público en cambiar la figura del matrimonio para incluir el mismo sexo" y que eso quedó demostrado en la marcha por la familia realizada el pasado 13 de julio.
En la Corte Suprema de Justicia existen dos procesos que reclaman el reconocimiento del matrimonio igualitario. Además del promovido por Jelenszky y Winstanley, hay otra advertencia de inconstitucionalidad también presentada por el bufete Morgan & Morgan, en representación de Álvaro José López Levy, que fue admitida en marzo pasado.
El pleno de la CSJ deberá convocar a una reunión ordinaria o extraordinaria, ya sea para discutir su acumulación o las observaciones que se presenten al o a los proyectos de fallo previamente sometidos a la lectura simultánea de todos los magistrados.