Minsa: Uso de drogas no está permitido

Minsa: Uso de drogas no está permitido


El Ministerio de Salud (Minsa) realizó cambios a la Ley No. 23 de febrero de 1954, que regulaba el acceso a sustancias controladas para fines médicos y científicos en el país.

Las modificaciones están contempladas en la nueva Ley No. 14 del 19 de mayo de 2016 sobre la producción, fabricación, acondicionamiento, almacenamiento, exportación, importación, distribución, disposición, tránsito aduanero, desecho y uso de estupefacientes y psicotrópicos.

La directora del Departamento de Sustancias Controladas del Minsa, Elsa Jara, explicó que la iniciativa surgió por la necesidad de llenar algunos vacíos que tenía la norma desde hace 62 años, que ya era obsoleta.

Jara aclaró que “la nueva regulación tiene el objetivo principal de agilizar y reducir los papeleos para la expedición de la licencia de operación y permisos de importación de productos y no tiene nada que ver con permitir el uso de la marihuana o la cocaína”, aclaró Jara.

Agregó que a pesar de que Panamá ha firmado dos convenios internacionales en los que se agrupan más de 200 sustancias controladas, al país solo entran 30 que han demostrado su efectividad para el uso médico o con fines científicos.

Entre esos estupefacientes que ingresan al país están: codeína, fentanil, morfina y la oxicodona, además de psicotrópicos como lo son la alprazolam, amfepramona y bromazepam, clordiazepóxido, entre otros (ver tabla adjunta).

La especialista manifestó que “ha habido un mal entendido y se ha tergiversado el contenido de la ley”.

Recalcó que “está prohibido el uso de la marihuana y de la cocaína para el tratamiento de cualquier enfermedad”.

De hecho, la entrada al país de drogas como la marihuana y la cocaína, su uso, producción o comercialización están prohibidos por el Código Penal en el Título IX, Capítulo V, que se refiere a los Delitos Relacionados con Drogas, y establece sanciones que van hasta los 25 años de prisión, según la gravedad del ilícito.

BUENA LA REGULACIÓN

Alfredo Macharaviaya, presidente del Colegio Médico de Panamá, indicó que el uso de los estupefacientes y las sustancias psicotrópicas autorizadas son destinadas para aquellos pacientes que por alguna condición de salud padecen dolores intensos y persistentes como lo son el cáncer avanzado o enfermedades reumatológicas avanzadas, así como a aquellos que enfrentan algunos trastornos psicológicos.

Para el galeno, la iniciativa es positiva, ya que a su juicio la supervisión y regulación será más estricta.

“Estas sustancias son adictivas, provocan cambios en el comportamiento y en la conducta de las personas que muchas veces son irreversibles e incluso pueden causar la muerte a un paciente, si no se suministran las dosis adecuadas”, dijo.

La posición de Macharaviaya es compartida por la presidenta del Colegio Nacional de Farmacéuticos de Panamá, Nereida Quintero de Velasco, quien señaló que se amplía el radio de profesionales –a médicos y enfermeras– que deben tener conocimientos sobre el uso y rendir reportes a la Dirección de Farmacia y Drogas del Minsa.

La normativa también fija multas que van desde los 500 dólares hasta los 25 mil dólares, según la gravedad de la falta.

Entre las causales de sanción están la prescripción no autorizada, recetas en blanco firmadas por el médico, no llevar un registro del manejo de estas sustancias, presentar información falsificada y producir o vender estos sin autorización, entre otras.

UNA NECESIDAD REAL

En tanto, Alicia Luaces, miembro de la Asociación Nacional de Pacientes de Quimioterapia, expresó que esta es una norma enfocada en mejorar la calidad de vida de cientos de personas que a diario sufren y no para satisfacer “caprichos”.

Sugirió a las autoridades orientar más respecto a la ley y su implementación para que la ciudadanía comprenda que no es cualquier persona que puede utilizarla.

“Si no fuera por esos fármacos mucha gente moriría de dolor”, sentenció.

(Con información de Urania Cecilia Molina)

 

 

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