La externalización de los servicios de la Caja de Seguro Social (CSS) será responsabilidad directa de la junta directiva y la Dirección General, quienes deberán evaluar y eliminar la necesidad de externalizar los servicios en la institución. Esta es la propuesta de modificación incluida en el primer bloque de reformas a la CSS, consensuadas en la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional.
En el nuevo artículo se ha propuesto una modificación relacionada con la externalización de servicios en la CSS. En esta modificación se establece que: “La institución no podrá adquirir servicios que ya provee a los asegurados, a menos que esté temporalmente imposibilitada para hacerlo”.
Además, se indica que, “en caso de que se recurra a la externalización, se exige que la junta directiva y la Dirección General de la Caja evalúen los procesos necesarios para eliminar lo más rápidamente posible la necesidad de externalizar estos servicios”.
Esta propuesta forma parte de los siete nuevos artículos que los diputados de la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social incluyeron en la reforma al proyecto de Ley 163, en la cual fueron consensuados 39 de los 50 artículos del primer bloque la noche del viernes 17 de enero de 2025 y que serán sometidos a votación mañana.

Precisamente, la Ley 51 de diciembre de 2005, que actualmente rige la CSS, establece en el artículo 70 la prohibición de externalizar servicios. Este artículo indica: “Queda explícitamente prohibida la adquisición de aquellos servicios que la CSS se provee a sí misma y a los asegurados de manera normal, salvo en los casos en que la institución se encuentre temporalmente imposibilitada”.
También señala que: “En última circunstancia, las autoridades de la CSS estarán obligadas a acelerar los procesos que permitan eliminar lo más rápidamente posible la adquisición externa de dichos servicios”.
En la propuesta de modificación del artículo 70 se designa a la Junta Directiva y al Director General para llevar a cabo estos procedimientos.
Para los gremios médicos, esta propuesta de modificación no representa un gran cambio en comparación con la realidad actual del sistema de salud. Destacan que la prohibición de la externalización de servicios es la regla general, pero que la excepción permite la contratación cuando la institución lo requiera o se vea imposibilitada de ofrecerlo.
Julio Osorio, presidente de la Comisión Médica Negociadora Nacional (Comenenal), señala que, aunque la ley establece restricciones para la externalización de servicios, las autoridades siempre encuentran formas de justificarla, argumentando imposibilidades operativas que ellas mismas generan. “Incluso se ha visto el tema de externalización como un modo de privatización”, dijo el galeno.
Osorio recordó que en la CSS ya se han dado casos de externalización, como los servicios de hemodiálisis, cirugía cardiovascular, limpieza, lavandería y seguridad, que han sido externalizados históricamente, pese a estar regulados por leyes como la Ley 51 y su predecesora.

Según el dirigente, siempre ha existido una motivación económica detrás de la externalización. “Estas decisiones son impulsadas por intereses económicos y benefician a un grupo de poder, más que por necesidades operativas”, denunció.
Por su parte, Temístocles Rosas, expresidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep), destacó que en el artículo sobre la externalización de servicios en las reformas a la CSS se debe aclarar su objetivo, ya que podría interpretarse como que la institución debe encargarse de todos los servicios de salud.
Sin embargo, Rosas resalta que cualquier externalización debe garantizar eficiencia. Además, advierte que, si la CSS intenta abarcar todos los servicios, como hemodiálisis, radiología o laboratorio, sin tener la capacidad, se corre el riesgo de crear un sistema aún más burocrático.
En tanto, el Secretario General de la Asociación Nacional de Funcionarios Administrativos de la CSS (Anfacss), Luis Lee considera que la propuesta de los diputados incluye disposiciones para que la junta directiva asuma una función de fiscalización.
También denunció que, en lugar de fortalecer al personal y dotarlo de insumos, equipos y materiales necesarios, la administración recurría a contratar empresas para suplir esos vacíos. “En vez de nombrar recursos humanos y darle los insumos, los materiales y los equipos, como en los servicios de lavandería, nutrición, dietética y mantenimiento, la administración lo que hacía era contratar empresas externas para que asumieran esos roles”, explicó.
Lee indicó que espera que la junta directiva cumpla su papel de fiscalización y garantice que, en caso de externalizaciones, estas se realicen correctamente. También expresó su preocupación de que la junta pueda caer en prácticas de corrupción o favoritismo.
Emma Pinzón, presidenta de la Federación Nacional de Asociaciones de Enfermedades Críticas, Crónicas y Degenerativas (Fenaeccd), considera que cualquier externalización debe ser aprobada por la junta directiva y estar plenamente justificada.
Precisamente, el pasado mes de diciembre el Consejo de Gabinete aprobó la Resolución N. 146-24, que autoriza el procedimiento excepcional de contratación entre la CSS y Promed Medical Care, S.A., para el suministro de servicios integrales que permitan el funcionamiento de las unidades de hemodiálisis, el mantenimiento del sistema informático TDMS de diálisis, riñones artificiales, sillones de diálisis, alquiler de la unidad extrahospitalaria Metro 1, y todo aquello que se requiera en estas funciones.

El servicio será brindado por siete meses a un costo de $16 millones. La sustentación del informe técnico elaborado por Ramiro García Barrios, coordinador nacional de Hemodiálisis, sustentó la necesidad de esta contratación cuyo objetivo es prestar los servicios integrales para el funcionamiento de las Unidades Ejecutoras de Hemodiálisis de la CSS, a fin de cubrir la demanda de kits.
En ese momento, la Junta Directiva de la CSS, mediante Resolución No.57,192-2024-J.D. del 17 de octubre de 2024, autorizó el gasto para esta contratación.