El cannabis medicinal es una industria que busca florecer en Panamá, pero solo siete empresas obtendrán las licencias para la fabricación de derivados del cannabis, una decisión que está en manos del Ministerio de Salud (Minsa), junto al denominado Consejo Técnico de Cannabis Medicinal.
Así lo establece el artículo 21 de la Ley 241 del 13 octubre de 2021, que dice: “El Ministerio de Salud podrá definir el número de licencias que podrán ser autorizadas. No obstante, y hasta cinco años después de promulgada la presente ley, solo podrán ser autorizadas hasta siete licencias de fabricación de derivados de cannabis medicinal, como medida preventiva, a fin de supervisar y monitorear el desarrollo del mercado interno. El Ministerio de Salud, después de cumplido el plazo de cinco años establecido en este artículo, no podrá reducir el número de licencias previamente aprobadas”.
Dicha ley, en el artículo 24, establece lo siguiente: “De manera temporal y con el fin de suplir las necesidades de los pacientes y abastecer el Programa Nacional de Uso del Cannabis Medicinal y el mercado nacional, se autorizará la importación de derivados del cannabis medicinal a los licenciatarios tenedores de la Licencia de Fabricación de Derivados de Cannabis Medicinal”.
Según la Ley 241, la autorización tendría una vigencia de dos años a partir de la fecha de aprobación de cada licencia, y únicamente podrá ser otorgada con el fin de suplir a los pacientes del Programa Nacional del Uso del Cannabis Medicinal y el mercado nacional durante ese periodo.
Para obtener una licencia de fabricación de derivados del cannabis medicinal, las empresas deberán hacer un pago único ante la autoridad correspondiente, cuyo monto será de 150 mil dólares no reembolsables.
Este pago único se acreditará ante la autoridad competente una vez el licenciatario se notifique de la resolución que confiere la licencia.
Selección de empresas
Sobre la selección de las empresas a las que se les otorgarán las licencias, el ministro de Salud, Luis Francisco Sucre, informó que esta semana convocarán a la comisión interinstitucional, de tal manera que se vaya trabajando y presentando al presidente Laurentino Cortizo la metodología correspondiente.
De acuerdo con su criterio, se trata de un asunto “muy neurálgico”, por lo que debe ser abordado con mucha responsabilidad. En tal sentido, aseguró que están buscando empresas que ya tengan experiencia al respecto, puesto que el país se está iniciando en la implementación de este producto.
El artículo 68 de la Ley 241 estipula la creación del Consejo Técnico de Cannabis Medicinal adscrito al Minsa, el cual estará encargado del diseño y seguimiento de los objetivos de la normas.
Dicho Consejo Técnico de Cannabis Medicinal estará presidido por el ministro de Salud e integrado por los ministros de Seguridad Pública, Desarrollo Agropecuario y Comercio e Industrias, así como los directores de la Autoridad Nacional de Aduanas y la Caja de Seguro Social.
Asimismo, dos representantes de organizaciones de pacientes y uno de organizaciones de investigación médico-científico en cannabis medicinal.
En al menos 20 países, el cannabis medicinal es legal y tanto la Administración de Drogas y Alimentos de Estados Unidos (FDA) como la Agencia Europea de Medicamentos (EMA) han reconocido medicamentos derivados de dicho producto.
La ley panameña precisa que el cannabis medicinal está indicado para aliviar dolores de tipo crónico o por lesiones nerviosas; para controlar náuseas y vómitos, al igual que padecimientos como alzheimer, esclerosis lateral amiotrófica, virus de inmunodeficiencia humana y sida, cáncer, enfermedad de Crohn, epilepsia, convulsiones, glaucoma, esclerosis múltiple y espasmos musculares.
Reglamentación
La selección de las empresas se concretará casi un año después de que fue sancionada la Ley 242, ya que el pasado 1 de septiembre fueron publicados en la Gaceta Oficial los dos decretos ejecutivos que reglamentan la norma.
El Decreto Ejecutivo 121 la reglamenta y el Decreto Ejecutivo 85 crea la Dirección Nacional para el Monitoreo de las Actividades Relacionadas con el Cannabis Medicinal, adscrita al Ministerio de Seguridad Pública.
“La reglamentación será aplicable a las personas jurídicas que importen, exporten, siembren, cultiven y comercialicen el cannabis y sus derivados con fines medicinales o científicos”, indica una nota de prensa de la Dirección General de Comunicaciones del Estado.
Adolfo Linares, abogado y expresidente de la Cámara de Comercio, Industrias y Agricultura de Panamá, calificó como una buena noticia para la industria del cannabis medicinal la reglamentación de la Ley 241 que, según él, llevaba meses redactándose.
Añadió que se espera que en los próximos días se apruebe la ley de cáñamo, la “segunda pata” de esta industria.
El cáñamo es otro derivado de la marihuana; sin embargo, requiere otra ley y regulación, ya que la ley del cannabis se enfoca más en los beneficios medicinales, mientras que la del cáñamo necesitaría tener un enfoque más industrial, precisó.
Florece la industria
Si bien la industria del cannabis ha experimentado una apertura en Latinoamérica desde 2013, cuando Uruguay legalizó la planta de marihuana, Panamá, por su posición geográfica, el acceso a la banca, el dólar, su capacidad y experiencia de logística y una regulación recientemente publicada, representa una gran oportunidad para los interesados en la industria.
Así lo planteó recientemente Ingrid Schmidt, la presidenta de CannaWork Institute –una empresa educativa puertorriqueña que busca entrenar y formar personas calificadas para trabajar en la industria de rápido crecimiento del Cannabis Medicinal–.
Schmidt manifestó que el cannabis es una industria nueva, por lo cual, si Panamá juega bien sus cartas, podría tener esa ventaja de primer movimiento y convertirse en el hub de cannabis global.
Panamá es el primer país de la región de Centroamérica en aprobar el uso del cannabis para fines medicinales y terapéuticos, lo cual concretó después de cinco años de análisis y discusiones de la legislación.