El Tercer Tribunal Superior de Justicia del Primer Distrito Judicial de Panamá declaró ilegal el aumento de costos del servicio de educación en el año 2020 en el Colegio Nuestra Señora de Lourdes, ubicado en el corregimiento de Ernesto Córdoba Campos, en Panamá norte.
Así consta en el Edicto No. 423 -2023 donde se detalla que al no informar de manera clara y veraz a los consumidores y padres de familia del centro educativo sobre el aumento de costos se tomó la decisión a favor de la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco).
El documento indica lo siguiente “acceder a la pretensión de declarar ilegal el aumento de costos de servicio educación comunicado para el año lectivo 2020, al no informar de manera clara y veraz a los consumidores, padres de familia del Colegio Nuestra Señora de Lourdes tanto del estudio contentivo del diagnóstico y las justificaciones técnicas como al no haber comunicado nuevas convocatorias y reuniones al cambiar o modificar periodo de matrícula, esto conforme lo estipulado por los artículos 2 y 3 del Decreto Ejecutivo No. 601 de 9 de julio de 2015, que reglamenta el artículo 130 del Texto Único de la Ley 47 de 24 de septiembre de 1946 y el artículo 36, numerales 1 y 13 de la Ley 45 de 2007″.
El tribunal ordenó la devolución de las sumas de dinero cobradas a padres de familia, en concepto de aumento de costos de servicios de educación anunciados para el año 2020.