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Esta es la lista de descuentos a los que tienen derecho los jubilados y adultos mayores que viven en Panamá

Esta es la lista de descuentos a los que tienen derecho los jubilados y adultos mayores que viven en Panamá

La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) realiza una campaña para dar a conocer todos los descuentos que por ley pueden solicitar en el país panameños y extranjeros residentes.

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Sepa cómo...Pedir su descuento de jubiladoJubilados reclaman descuentos

Se trata de los beneficios incluidos en la Ley 6 del 16 de junio de 1987 para descuentos a jubilados.

Incluyen descuentos desde 15% a 50% en cines, teatros, espectáculos públicos, transporte, hoteles, restaurantes, hospitales, farmacias, servicios médicos, prestamos bancarios, electricidad y otros servicios públicos.

A continuación una lista con la tabla de descuentos:

También la Acodeco preparó una guía para resolver las dudas más frecuentes sobre la aplicación de esta ley. 

¿Qué requisitos debo cumplir para ser beneficiario/a de esta ley?

¿Tengo derecho a descuento en mis comidas en los restaurantes?

Sí tiene descuento pero solo para su comida individual, es decir, no incluye a ningún otra persona que lo acompañe, excepto si tienen la edad para el descuento como dice la ley 6 de 1987.

¿Si compro una pizza familiar, un combo, un mega pack, una bandeja de pollo, me tienen que dar el descuento aunque sea para llevar?

¿Las panaderías que venden desayuno, deben darme descuento?

No aplica el descuento porque la ley se refiere a restaurantes no a panaderías ni a cafeterías.

¿Las cafeterías o panaderías que venden comida preparada (plato fuerte) deben aplicar el descuento?

Sí, aplica el descuento.

¿Las bebidas (soda, jugo, café, té) tienen descuento?

No tienen descuento si se compran solas. Si se compran en conjunto con una comida, se entiende que es parte de la comida completa (plato fuerte), de igual forma sucede con el postre.



¿Los cines que venden combos deben darme descuento?

No aplica el descuento porque la ley se refiere a restaurantes y franquicias, no a cines.

¿Por qué los buses en Panamá y San Miguelito no dan descuento?

Porque forman parte del área metropolitana. Los que sí están obligados a dar son los que van de una ciudad a otra de la misma provincia o a una provincia distinta. El descuento debe ser del 30% del valor del pasaje.

¿Las vitaminas y las fórmulas como suplementos alimenticios para ayudar a los adultos mayores tienen descuento?

No porque no son considerados medicamentos. Para que se considere el descuento deben ser recetados por un médico.

¿Los exámenes que se hacen en los laboratorios para obtener la licencia de conducir, se les tiene que aplicar el descuento?

Sí aplica el descuento. A pesar de que no se trata de un servicio de optometría o de audiometría, es un servicio profesional o técnico por lo que sí aplica el descuento del 20%. Pero no en el documento de la licencia, debe pagarla completa.

¿Tenemos los jubilados, pensionados y personas de la tercer edad descuentos en la tarifa de luz y agua potable?

Sí. Es una obligación del ente hacerle el descuento correspondiente. En tarifa de luz hasta los 600 kwh. Si pasa de esa cifra deberá pagar la tarifa completa al excedente. El descuento para los servicios de luz es de 25% y para los de agua potable siempre y cuando el consumo no sea mayor a 30 dólares. Para ambos servicios la cuenta debe ser residencial y debe ser su vivienda.

¿Tenemos descuento los beneficiarios de la ley 6 de 1987 sobre los servicios de cable y cuentas de teléfono celular?

No porque no está contemplado en esta ley. Para el servicio del teléfono residencial, si está a su nombre y es una sola línea, sí tiene derecho a un descuento del 25%.

¿Si los bienes o servicios ya tienen un descuento, debe darse el descuento que por ley pertenece al jubilado, pensionado o persona de la tercera edad?

No. La empresa no está obligada a dar un descuento extra. Él o la beneficiaria de la ley deberá escoger el descuento que más le convenga. Si el de la empresa es superior al que le otorga la ley 6 de 1987 o el que le ofrece la normativa legal. El beneficiario decide.

¿Hay o no descuento en los hoteles para los beneficiarios de la ley 6?

Sí hay descuento pero solo en la tarifa regular: Un descuento del 50% de lunes a jueves y del 30% los días viernes, sábado y domingos. Si es un evento particular para jubilados, no hay descuento. Si la habitación es de ocupación doble y solo uno de los dos es beneficiario de la ley, se divide entre los dos y al beneficiario se le aplica el descuento.

En los hoteles que venden paquetes de "todo incluido": De lunes a jueves, aplica un 20% de descuento. De viernes a domingo, aplica un 12% de descuento. Aplica desde el 15 de diciembre de 2012.

 

 



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