El Minsa anuncia nuevas disposiciones; se permitirán las pruebas caseras y se reduce el tiempo de aislamiento

El Minsa anuncia nuevas disposiciones; se permitirán las pruebas caseras y se reduce el tiempo de aislamiento
Hisopado. AFP


El uso de pruebas caseras para detectar la Covid-19; que las empresas y comercios apliquen hisopados a su personal; la reducción del tiempo de aislamiento de los contagiados, de 10 a 5 días, y la eliminación de la cuarentena para los contactos directos que no han desarrollado síntomas.

Esas son algunas de las medidas adoptadas por el Ministerio de Salud (Minsa) este lunes 24 de enero y que fueron comunicadas a través del Decreto Ejecutivo 5 de 2022, firmado por el presidente Laurentino Cortizo y el ministro Luis Francisco Sucre. La norma ya está vigente, dado que rige a partir de su promulgación en Gaceta Oficial, este lunes.

Las nuevas medidas, según se explica en el Decreto Ejecutivo 5, responden a dos realidades: que la positividad pasó de 3.6% el 10 de diciembre de 2021 a 36% el 23 de enero de 2022 y que se ha comprobado que la variante Ómicron tiene un nivel de contagio, propagación y letalidad más alto en las personas que no tienen el esquema de vacunación completa. En Panamá, la cobertura de la población meta (es decir, todos los mayores de 12 años de edad) ya es de 80.7% con primera dosis y 71.9% con segunda dosis.

Sobre las pruebas auto aplicadas o caseras, éstas deberán ser avaladas por el Instituto Conmemorativo Gorgas. Actualmente, no son comercializadas en Panamá, pero su uso es muy común en Estados Unidos, donde el presidente Joe Biden incluso autorizó que se repartieran medio millón de estas pruebas entre la población, la semana pasada.

El Decreto Ejecutivo 5 advierte que si el resultado de esa prueba casera es negativo, la persona podrá continuar su rutina y labores habituales, sin guardar cuarentena. Pero si es positivo, deberá corroborar ese resultado y acudir a un centro de hisopado (público y privado) para una prueba de antígeno o de PCR.

Para los pacientes positivos, el aislamiento será ahora de siete días y no de 10, como ocurría hasta ahora. No obstante, al quinto día podrá realizarse un antígeno y si este resultado es negativo, queda autorizado para retomar sus actividades cotidianas, salir a la calle y reincorporarse a su trabajo. Si al séptimo día, la prueba sigue marcando resultado negativo, el enfermo debe entonces prolongar su aislamiento hasta el décimo día.

El Minsa mantuvo el tiempo de cuarentena de los contactos directos que hayan desarrollado síntomas: cinco días. No obstante, si no han desarrollado síntomas, pero no tienen el esquema de vacunación completo (las dos dosis y el refuerzo), deben guardar la cuarentena de cinco días. En tanto, una persona que ha mantenido contacto directo con un positivo, si no tiene síntomas, no tiene que hacer cuarentena. Todos deben hacerse la prueba el quinto y último día de la cuarentena.

El Minsa entiende como contacto directo o estrecho a toda aquella persona que ha estado con un contagiado a menos de 1.5 metros de distancia y por más de 15 minutos, sin mascarilla o con uso inadecuado de ella.

Ante la gran afluencia de personas en los centros de hisopado, el Minsa permitirá que en empresas y comercios se realicen pruebas, ajustándose a los requisitos ya establecidos, con personal profesional acorde con la legislación vigente, autorizados por el Gorgas, con el visto bueno del Departamento de Regulación de Laboratorios Clínicos del Minsa. Los resultados de todas las pruebas deben registrarse en el Sistema de Información de Laboratorio, de Epidemiología Nacional, el mismo día que se toma la muestra. Está prohibido enviar muestras al extranjero.

Hasta la fecha, en Panamá, se han aplicado 6,986,304 dosis de vacunas contra la Covid-19.


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