Miambiente rechaza relleno en Amador; apela a que fondo marino es inadjudicable

Miambiente rechaza relleno en Amador; apela a que fondo marino es inadjudicable


Después de semanas de evaluación y una férrea oposición por parte de organismos científicos y académicos, incluso de entidades públicas como la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), el Ministerio de Ambiente (Miambiente) finalmente rechazó el estudio de impacto ambiental para el desarrollo de un relleno de 50 hectáreas en la calzada de Amador.

Este estudio fue admitido por la entidad ambiental el pasado 1 de abril y ayer, 13 de mayo, Miambiente notificó al promotor del proyecto, L.G.S. Panama Tourism Development, S.A., su rechazo.

Los responsables del estudio tienen cinco días hábiles para presentar un recurso de reconsideración contra dicha resolución.

Este proyecto generó oposición por parte de los vecinos del corregimiento de Ancón, oenegés como el Centro de Incidencia Ambiental y entidades científicas y académicas, entre ellas, el Instituto Smithsonian, la Universidad Tecnológica de Panamá, la Fundación Amador (que administra el Biomuseo) y el Consejo de Monumentos y Sitios (Icomos).

A su vez, la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) advirtió que el promotor debía solicitar un permiso de compatibilidad antes de continuar con la evaluación del estudio del relleno.

Igualmente, la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) avisó que el promotor no se había acercado a sus oficinas, pese a que esa entidad es la encargada de custodiar la calzada.

Al final, muchos de los argumentos emitidos por estas organizaciones y entidades fueron utilizados por Miambiente y plasmados en la Resolución No. 004 del 6 de mayo de 2022, que rechaza la solicitud de evaluación del estudio de impacto ambiental del relleno en Amador.

Por ejemplo, plantea que el área sobre la que se pretende desarrollar el proyecto (la cazada de Amador) fue declarada como Zona Turística Especial a través del Decreto de Gabinete No. 66 del 23 de febrero de 1990, por sus condiciones para atracción y retención del turismo.

Para el ministerio, el objetivo del presente proyecto es el relleno de una superficie de 50 hectáreas de fondo marino que sentará las bases para la ejecución de un plan maestro, propuesta que modificaría de manera permanente el área ocupada por dichas obras, alterando factores bióticos y abióticos que existen en esa zona y, además, modificaría de manera permanente la composición actual del paisaje, el cual es uno de los mayores atributos turísticos.

La historia y la ciencia

La entidad ambiental usó como otro de sus argumentos la nota que le envió Icomos, capítulo de Panamá, en la que exterioriza su “preocupación”, porque el relleno se acerca a la zona de amortiguamiento del distrito histórico o Casco Viejo, corregimiento de San Felipe, nombrado desde 1997 Patrimonio de la Humanidad por la Organización de Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco, por sus siglas en inglés).

También se refirió a la misiva en la que el Instituto Smithsonian dice que el estudio ambiental es “deficiente”, porque se enfoca solamente en el área del relleno y no considera los efectos biológicos en el ecosistema.

Como en recordará, durante el proceso de evaluación de este estudio ambiental, el Smithsonian subrayó que una de sus principales inquietudes es que nadie les ha consultado sobre la propuesta de relleno, pese a que estará muy cerca de sus laboratorios en isla Naos, Amador.

Dicho instituto pretende llevar a cabo un proceso de revitalización de sus laboratorios en el lugar, pero teme que este proyecto les impacte. “Nuestra inversión inicial, estimada en $18 millones, a iniciar en los próximos dos años, se verá impactada por dicho proyecto”, indica una nota enviada el pasado 29 de abril por Rodrigo Ramírez, director de asuntos legales del Smithsonian, a Domiluis Domínguez, director de Evaluación del Ministerio de Ambiente.

Sin embargo, el punto con el que Miambiente cerró sus planteamientos en la resolución que rechaza el relleno es un fallo emitido el 13 de mayo de 2021 por la Corte Suprema de Justicia, que deja claro que no es posible hacer rellenos en playas, riberas y fondo marino para apropiación privada, dado que son bienes inadjudicables.

Precisamente, uno de los principales argumentos de la sociedad civil organizada en rechazo del proyecto es que si se avalaba el estudio de impacto ambiental, ello abriría el compás a que los gobiernos de turno pudieran vender, traspasar o enajenar bienes de dominio público mediante la figura de la desafectación.

Para el Centro de Incidencia Ambiental, en la decisión del Ministerio de Ambiente se deben evaluar dos cosas: el rechazo constante de la ciudadanía por la pérdida de sus espacios públicos y que durante la evaluación del estudio se determinó que no se presentaron las medidas necesarias para satisfacer las exigencias y requerimientos para compensar o controlar adecuadamente los impactos significativos emanados de la obra.

“Esperamos que, de igual forma, proyectos como los de extracción de óxidos de oro en Cerro Quema, Los Santos, y de Greenfield Mining en Remance, Veraguas, y que presentan las mismas características, sean rechazados de manera consecuente por parte de la autoridad”, indicó la oenegé.

Se consultó al promotor del estudio, pero informó que no haría comentarios.

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