La atención a la población para los servicios de urgencias, toma de muestras y medicamentos se seguirá prestando sin restricción de género o número de cédula.
Así lo manifestó, este lunes 4 de enero de 2021, el Ministerio de Salud, en virtud del Decreto Ejecutivo 1686 del 28 de diciembre de 2020, que establece medidas sanitarias para la restricción de movilización ciudadana en las provincias de Panamá y Panamá Oeste.
Reiteramos a la población que la atención de salud para servicios de urgencia, toma de muestras y medicamentos se continúan atendiendo sin restricción de género o número de cédula.
— Ministerio de Salud de Panamá (@MINSAPma) January 4, 2021
¡Si señores! ¡pero las FARMACIAS NO PUEDEN QUEDAR PENDIENTE DE GÉNERO. Le están negando el acceso a la salud. Que las farmacias se auto regulen y no vendan más que medicinas al “género” que no corresponde o la cédula que no es el horario! @LPacoSucre @DefensoriaPan
— Eduardo Leblanc Jr. (@eleblancg) January 4, 2021
Las medidas, que comenzaron a regir a partir de las 5:01 a.m. de este 4 de enero de 2021 y hasta las 5:00 a.m. del 14 de enero, fueron adoptadas ante el incremento vertiginoso de casos y muertes por el SARS-CoV-2, causante de la Covid-19.
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