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‘Ningún paciente perderá sus medicamentos importados para uso personal’: Minsa

El Minsa aseguró que los pacientes, nacionales o turistas, no perderán los medicamentos o cosméticos que importen para uso personal. Además, ofreció orientación sobre el proceso para recuperarlos si son retenidos por aduanas.

‘Ningún paciente perderá sus medicamentos importados para uso personal’: Minsa
La queja recurrente de los panameños es el alto costo de los medicamentos. Archivo

El Ministerio de Salud (Minsa) informó hoy, jueves 17 de octubre, que ningún paciente, nacional o turista, que importe sus medicamentos o cosméticos para uso personal en los términos que establece el artículo 358 del Decreto Ejecutivo 27 de 10 de mayo de 2024, los perderá ni le serán decomisados.

En este sentido, el Minsa señaló que la intención del Comunicado 111/DNF/2024 de la Dirección de Farmacia y Drogas, fechado el 10 de octubre de 2024, es orientar a los usuarios a quienes la Autoridad Nacional de Aduanas les ha retenido algunos medicamentos o cosméticos en el aeropuerto o a quienes se les solicita autorización a través de servicios de courier/mensajería, sobre la documentación que deben presentar para su recuperación, ya que muchos de ellos expresaron frustración por no saber a qué instancia dirigirse ni qué documentos presentar para readquirir sus medicamentos o cosméticos.

Lea también: Recetas médicas en mano: requisito clave para la importación de medicamentos

Por lo tanto, la entidad resaltó que no ha implementado ningún requisito o procedimiento adicional a los consignados en el artículo 358 del Decreto Ejecutivo 27 de 10 de mayo de 2024, sino que, al contrario, ha tratado de elaborar una guía de fácil comprensión sobre los requisitos contenidos en la norma que se deben presentar en la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas para poder recuperar los medicamentos o cosméticos previamente retenidos en otras instancias.

El artículo 358 del Decreto Ejecutivo 27 de 10 de mayo de 2024 indica que, para importar cosméticos para uso personal a través de servicios de courier o viajeros, el importador está obligado a:

  • Presentar factura detallada, guía aérea, copia de cédula o pasaporte y carta de relevo de responsabilidad de la autoridad de salud.

  • Importar hasta seis unidades por persona con un volumen no mayor a 500 ml por mes; no aplica para estuches con un contenido mayor al autorizado.

  • En caso de kits, el contenido no debe ser mayor a seis productos.

En cuanto a los medicamentos:

  • Para medicamentos de vía parenteral, biológicos, biotecnológicos y hemoderivados, la conservación de la cadena de frío es responsabilidad del importador.

  • Presentar receta médica de un profesional idóneo.

  • Presentar la factura, guía aérea, copia de cédula o pasaporte y carta de relevo de responsabilidad de la autoridad de salud.

  • La cantidad máxima no debe superar seis meses de tratamiento.

  • En el caso de los viajeros, deben presentar además el acta de retención.

‘Ningún paciente perderá sus medicamentos importados para uso personal’: Minsa
El comunicado enviado por la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas del Minsa.

Durante la conferencia de prensa de este jueves 17 de octubre, el presidente de la República, José Raúl Mulino, afirmó que la medida del Minsa que dictaba nuevas regulaciones para la importación de cosméticos y medicamentos de uso personal, a través de servicios de courier y mensajería, sería eliminada.

Esta medida fue aprobada en mayo, durante el gobierno anterior.

”Si las personas viajan y traen para su consumo medicinas que requieren tomar todos los días, que las traigan y se beneficien de los buenos precios mientras nosotros arreglamos este problema aquí”, comentó.


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