Con su publicación en la Gaceta Oficial este jueves 1 de septiembre entraron en vigencia los decretos ejecutivos que regulan el uso medicinal del cannabis, lo cual fue aprobado en la Ley 242 del 13 de octubre de 2021.
El Decreto Ejecutivo 121 establece la reglamentación de la Ley 242, en relación al uso y acceso del cannabis y sus derivados con fines terapéuticos, médicos, veterinarios, científicos y de investigación en todo el país.
La reglamentación será aplicable a las personas jurídicas que importen, exporten, siembren, cultiven y comercialicen el cannabis y sus derivados con fines medicinales o científicos.
Un punto importante de esta norma es que quedan protegidos los datos de los pacientes inscritos en el Programa Nacional para el Estudio y Uso Medicinal del Cannabis y sus derivados.
Adjuntos
DECRETO 121 MINSA.pdfEn tanto, en el Decreto Ejecutivo 85 se crea la Dirección Nacional para el Monitoreo de las Actividades Relacionadas con el Cannabis Medicinal.
El Ministerio de Seguridad Pública informó que tendrá bajo su responsabilidad la creación de esta dirección y que la sede física estará en esta institución. Además, que estará conformada por representantes de la Policía Nacional (PN), el Servicio Nacional Aeronaval (Senan), el Servicio Nacional de Fronteras (Senafront) y los enlaces del ministerio.
“Estas instituciones tendrán las funciones de contribuir en las visitas e inspecciones de campo en las áreas de inmuebles que desarrollen actividades vinculadas al manejo de derivados del cannabis, el uso de semillas para siembra, cultivo y velará por el cumplimiento de las guías para la elaboración de los protocolos de seguridad”, indicó el ministro Pino en un comunicado de la entidad.