La Dirección Nacional de Farmacia y Drogas del Ministerio de Salud (Minsa) ordenó que, a partir del pasado lunes 14 de octubre, los trámites de productos de uso personal (cosméticos y medicamentos) importados a través de servicios de courier/mensajería por viajeros deberán presentar la documentación de manera física en la ventanilla del departamento de importaciones.
Los documentos que deben presentar son: factura detallada, guía aérea, copia de la cédula o pasaporte, carta de relevo de responsabilidad de la autoridad y, en el caso de viajeros, el acta de retención del aeropuerto.
El comunicado de la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas recuerda que se pueden importar hasta seis unidades por persona, con un volumen no mayor a 500 ml por mes. No aplica para estuches con un contenido mayor al autorizado; en el caso de kits, el contenido no debe superar los seis productos.
Además, se indica que para la importación de medicamentos se debe anexar la receta médica de un profesional idóneo panameño, y la cantidad a importar no debe exceder los seis meses de tratamiento.
Expertos en farmacia y farmacovigilancia consultados coinciden en que esta medida es una respuesta al aumento de personas que traen medicinas e incluso cosméticos sin control.