El presidente Laurentino Cortizo sancionó la Ley 315 del 30 de junio de 2022, que prohíbe el uso, importación y comercialización de sistemas electrónicos de administración de nicotina, cigarrillos electrónicos, vaporizadores, calentadores de tabaco y otros dispositivos similares, con o sin nicotina, en Panamá.
La propuesta, presentada por diputado perredista Crispiano Adames, había sido aprobada el 19 de marzo de 2020, pero fue vetada por el mandatario. El legislativo retomó la discusión del documento vetado en agosto de ese año, pero fue aprobado en tercer debate -nuevamente- el 8 de julio de 2021.
Y no fue hasta ahora, casi un año después, que el Presidente le da el visto bueno. La norma establece, entre otras cosas, que también queda prohibida la compra o promoción por internet de estos dispositivos.
Se exceptúa de la prohibición la importación de estos productos a la zonas francas y zonas libres en Panamá cuyo fin sea la exportación a un tercer país.
La Autoridad Nacional de Aduanas queda autorizada a inspeccionar, detener, decomisar y suspender las venta de los sistemas electrónicos.