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‘Se trata al cigarrillo electrónico como una droga’: Asociación para la Reducción de Daños por Tabaquismo

Panamá prohibió el uso, importación y comercialización de los cigarrillos electrónicos, con o sin nicotina, con la Ley 315 del 30 de junio de 2022.

‘Se trata al cigarrillo electrónico como una droga’: Asociación para la Reducción de Daños por Tabaquismo
Se calcula que un 50% de los cigarrillos ilegales que se comercializan en países de la región latinoamericana son distribuidos desde Panamá. Archivo

En Panamá, está prohibida la compra o promoción por internet de los cigarrillos electrónicos, y quienes se dediquen a la venta y promoción de ellos, serán sancionados de acuerdo con lo establecido en el Código Sanitario fijado en la Ley 315. Aunque esto significa que su uso en el Istmo es ilegal, Panamá se ha convertido en el epicentro del contrabando de cigarrillos de la región.

Para la Asociación para la Reducción de Daños por Tabaquismo (ARDTP), se debe asegurar la autonomía del consumidor, protegiendo derechos a la elección y el derecho a la información y educación de la ciudadanía respecto a lo que son alternativas al tabaquismo.

Su vocero, José Recuero comentó que el problema de la Ley 315 es que se ha prohibido una alternativa para el cigarillo tradicional sin una base científica.

Según Recuero, la prohibición total de los aparatos no permite que sanciones apropiadas o control para el cigarillo electrónico y, al no poder regularlo, su consumo viene del comercio ilícito. “Toda alternativa de tabaquismo se ha convertido en contrabando”, indicó.

Recuero añadió que a los consumidores del cigarrillo electrónico se le está tratando como adictos, y que se promociona el contrabando con su prohibición total en el país.

El vocero indicó que la ley actual trunca el derecho del ciudadano de elegir qué quiere consumir al no tener una regulación o una información constante para el consumidor, creando un morbo.

“Están tratando al cigarrillo electrónico como una droga en vez de una alternativa”, mencionó Recuero.

Panamá cuenta con el impuesto selectivo para la importación de determinados productos. Este impuesto especial incluye bebidas alcohólicas, y todos los derivados del tabaco, así como la transferencia o venta original de estos productos por parte de los fabricantes locales. Esencialmente, es un impuesto que deben pagar aquellas personas que utilizan o consumen productos que no están dentro de los de primera necesidad. Actualmente, en el Istmo la tarifa del impuesto selectivo al consumo de cigarrillos es de 100% del precio de venta al consumidor.

Para Alejo Campos, director regional de Crime Stoppers Internacional, la seguridad pública es la mayor preocupación ya que los cigarrillos electrónicos son fáciles de mover y esconder.

Según el director regional, las regulaciones excesivas del cigarillo y otras que buscan gravar con más impuestos directos a los cigarrillos tradicionales, crean y fortalecen mercados ilegales paralelos. Además, para incautar el producto de contrabando se debe capturar a la persona en el acto de comercialización, es decir, la propia venta, en otro caso no se le puede decomisar su propiedad.

Aunque en Panamá estas alternativas de tabaquismo están prohibidas, la Ley 315 no prohíbe la importación de estos productos en zonas libres como la de Colón, con tal de que su fin sea la exportación y reexportación a un tercer país.

Debido a esto, la Asociación de Industriales Latinoamericanos solicitó a Panamá fortalecer las medidas de prevención, persecución y sanción contra el contrabando de cigarrillos que se viene reportando durante los últimos años.



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