La Corte Suprema de Justicia (CSJ) ha anulado una decisión del Tribunal de Cuentas que archivó el proceso seguido contra el exdirector de Ingresos, Luis Cucalón, y el apoderado de la empresa Cobranzas del Istmo, S.A. (CISA), Cristóbal Salerno, por una lesión patrimonial de más de $8.8 millones, en perjuicio del Estado panameño.
La decisión fue adoptada el 27 de septiembre pasado por los magistrados María Cristina Chen Stanziola (ponente), Carlos Vásquez Reyes y Cecilio Cedalise, de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, quienes declararon nula, por ilegal, una resolución del Tribunal de Cuentas que el 30 de noviembre de 2020 ordenó el cierre del proceso y el archivo del expediente seguido a Salerno y Cucalón.
La resolución del Tribunal de Cuentas (firmada por Rainier del Rosario, Alberto Cigarruista y Alvaro Visuetti) fue impugnada por Waleska Hormechea, fiscal de Cuentas hasta julio pasado.
Los magistrados Chen, Vásquez y Cedalise han ordenado la continuación del proceso en la jurisdicción de cuentas, para determinar la responsabilidad o no de ambos investigados.
CISA es la empresa que, durante el gobierno de Ricardo Martinelli (2009-2014), obtuvo en 2010 un contrato de exclusividad con la Dirección General de Ingresos (DGI) para cobrar las cuentas morosas del Estado. Solo en los seis primeros meses de 2014, recibió $30.6 millones en comisiones.
Una auditoría determinó que los pagos a CISA en concepto de comisiones no se ajustaron a los porcentajes establecidos en el contrato. Además, la empresa recibió comisiones por cobros que no gestionó y, en algunos casos, hubo “duplicidad” en los pagos. Estos “desajustes” e irregularidades ocasionaron un perjuicio al Estado de $29.5 millones.
Salerno reintegró al Tesoro Nacional la suma de $20.7 millones, quedando un “remanente” de $8.8 millones.
En diciembre de 2018, el Tribunal de Cuentas acogió una solicitud del entonces fiscal de Cuentas, Guido Rodríguez, para enjuiciar a Salerno y Cucalón. Ambos presentaron recursos de reconsideración y, en un giro radical, el mismo tribunal emitió una decisión a favor de los imputados y archivó el expediente el 30 de noviembre de 2020.
¿Por qué? Porque el Tribunal de Cuentas consideró que, dado que ambos ya habían sido condenados en la jurisdicción ordinaria penal, se estaría incurriendo en un doble juzgamiento.
Salerno, mediante un acuerdo, fue condenado a 48 meses de prisión por peculado y corrupción de funcionarios. Los $20.7 millones restituidos fueron considerados como una pena accesoria. Cucalón, por su parte, fue condenado a 96 meses de cárcel y a entregar $6.6 millones; ahora goza de la medida cautelar de arresto domiciliario.
El Tribunal de Cuentas consideró que las penas accesorias impuestas a Cucalón y Salerno, consistentes en el comiso de $27.2 millones, significaban que la lesión patrimonial ya había sido restituida al Estado.
Sin embargo, la Sala Tercera de la CSJ opinó ahora que no había lugar para invocar la figura del doble juzgamiento y que el pronunciamiento del Tribunal de Cuentas “cercena el proceso de responsabilidad patrimonial que debía pasar a la fase plenaria, al considerar que se ha acreditado la restitución total del perjuicio”.
“Estamos frente a dos procesos con exigencias probatorias distintas”, remarcaron Chen, Vásquez y Cedalise.
“El artículo 4 de la Ley 67 de 2008 establece que la responsabilidad patrimonial es independiente de la administrativa, penal o disciplinaria. En virtud de esta independencia, recalcamos que lo definido en la esfera penal no limita ni delimita el proceso de cuentas”, agregaron los magistrados.
Recalcaron que los casi $20.7 millones que Salerno reintegró al Tesoro Nacional representan el comiso derivado del proceso penal instaurado en su contra. Además, a los $8.8 millones remanentes deben aplicarse cargos por intereses, lo cual representa $1.1 millones adicionales. En consecuencia, todavía falta recuperar casi $10 millones.